El Mundo Indígena 2023: El compromiso de la Unión Europea en relación con los derechos de los pueblos indígenas

La Unión Europea (UE) es una unión política y económica conformada por 27 Estados miembros. Sus competencias legislativas y ejecutivas se reparten entre las principales instituciones de la UE: el Parlamento Europeo (autoridad colegisladora), el Consejo de la Unión Europea (autoridad colegisladora y ejecutiva) y la Comisión Europea (autoridad ejecutiva). Además, la UE tiene su propio servicio diplomático, el Servicio Europeo de Acción Exterior con delegaciones en todo el mundo.

La UE mantiene relaciones comerciales con países de todo el mundo y es el principal donante de ayuda al desarrollo. Además de ejercer su influencia dentro del territorio de sus Estados miembros y en las organizaciones internacionales, la UE ejerce un impacto global como actor internacional clave en cuestiones de derechos humanos, desarrollo y en la administración de asuntos empresariales y ambientales.

La UE forma parte del proceso internacional de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas. A su vez, cinco Estados miembros han ratificado el Convenio 169 de la OIT[1] y la UE apoyó la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007, así como el Documento Final de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas en 2014.

En años recientes, la UE ha pasado de tener una postura relativamente pasiva con respecto al reconocimiento de los pueblos indígenas a participar de manera mucho más activa para garantizar la eficacia de estos derechos en sus políticas.


Este artículo es parte de la 37a edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. Encuentra El Mundo Indígena 2023 completo aquí.


 

Evolución de la legislación europea y recomendaciones relacionadas con los pueblos indígenas

La participación de la Unión Europea en la protección de los derechos de los pueblos indígenas ha crecido y evolucionado de forma considerable en años recientes y, en particular, desde 2017.[2]

El Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia 2020-2024[3] hace claras referencias a los derechos de los pueblos indígenas y, en particular, prevé: “Apoyar a los pueblos indígenas promoviendo su participación en los procesos de desarrollo y derechos humanos pertinentes, y defendiendo el principio de consentimiento libre, previo e informado en todas las decisiones que les afecten”.

En el marco del Pacto Verde Europeo y su Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para el 2030,[4] se establecieron nuevas oportunidades y acciones a nivel europeo para apoyar en la protección, promoción y respeto de los derechos de los pueblos indígenas de todo el mundo. La Comisión Europea propone en su Comunicado sobre la Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para el 2030: Traer la Naturaleza de Vuelta a Nuestras Vidas que la UE asegure el principio de igualdad en “cuanto a los derechos y la participación completa y efectiva de los pueblos indígenas y comunidades locales”. Asimismo, la Comisión Europea sugiere: “En todo este trabajo, la UE fortalecerá las conexiones entre la protección de la diversidad y los derechos humanos, el género, la salud, la educación, la sensibilidad al conflicto, el enfoque basado en derechos, la tenencia de tierras y el rol de los pueblos indígenas y las comunidades locales”.[5]

Los miembros del Parlamento Europeo (MPE) también están cada vez más involucrados en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas. Desde la aprobación por parte del Parlamento de la Resolución sobre la Violación de los Derechos de los Pueblos Indígenas del Mundo (3 de julio de 2018),[6] los MPE se han acostumbrado a incorporar a representantes de las comunidades indígenas en sus procesos de toma de decisiones y a asegurar la integración y la recepción de sus derechos en un amplia gama de cuestiones. Es interesante tener en cuenta que mientras los derechos de los pueblos indígenas han sido durante mucho tiempo un asunto casi exclusivo del Subcomité DROI, muchos otros (AFET, DROI, DEVE, ENVI, LIBE, FEMM, INTA)[7] han tomado hoy estos temas y se encuentran trabajando para asegurar su integración a su área de competencia.

El 26 de septiembre de 2021, el Subcomité de Derechos Humanos llevó a cabo una audiencia sobre la Protección de los Derechos Indígenas en Brasil y, en su resolución del 17 de febrero de 2022[8] (Los Derechos Humanos y la Democracia en el Mundo – Informe Anual 2021), el Parlamento reiteró su compromiso con los derechos de los pueblos indígenas y su indignación por el hecho de que:

(…) los pueblos indígenas sigan enfrentándose a situaciones de discriminación y persecución generalizadas y sistemáticas en todo el mundo, lo que incluye desplazamientos forzosos, detenciones arbitrarias y asesinatos de defensores de los derechos humanos y de las tierras; reitera el llamamiento dirigido a la Unión, a sus Estados miembros y a sus socios de la comunidad internacional para que adopten todas las medidas necesarias en favor del reconocimiento, la protección y la promoción de los derechos de los pueblos indígenas, como los concernientes a su lengua, tierras, territorios y recursos, así como de la creación de un mecanismo de reclamación para la presentación de quejas en relación con violaciones y abusos; celebra el trabajo que la sociedad civil y las ONG llevan a cabo en torno a estas cuestiones; se remite a su designación de un ponente permanente sobre los pueblos indígenas en el Parlamento al objeto de supervisar la situación de estos pueblos en lo que se refiere a los derechos humanos; anima a los países a que ratifiquen las disposiciones del Convenio N.º 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales; recomienda que la Unión y sus Estados miembros incluyan referencias a los pueblos indígenas y a los derechos que contempla la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en los marcos pertinentes y de reciente aparición en materia de diligencia debida.[9]

El 13 de septiembre de 2022, el Parlamento votó a favor de la Regulación sobre Deforestación propuesta.[10] Esta nueva ley asegurará que las compañías no vendan dentro de la UE productos que provienen de tierras deforestadas de cualquier parte del mundo. Incluye productos como: el ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soja, la madera, y otros que contengan, hayan sido alimentados o hayan sido fabricados a partir de estos productos (como el cuero, el chocolate y los muebles).[11] Durante las discusiones, los MPE pudieron agregar de forma exitosa al caucho, el carbón, productos de papel impreso y una variedad de derivados del aceite de palma. También aseguraron que las empresas tendrán que verificar el cumplimiento de la legislación relevante dentro del país donde se produce el bien, como los derechos humanos y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas que resulten aplicables. El Parlamento también proporcionó una definición más amplia de degradación forestal, que incluye la conversión del bosque primario o del bosque regenerado naturalmente a plantaciones forestales u otras tierras boscosas y la conversión del bosque primario a un bosque plantado.

En la actualidad, esta participación va más allá de apoyar los derechos de los pueblos indígenas. La mayoría de las políticas exteriores de la UE incluye estos derechos como tema transversal a partir de un enfoque basado en derechos que apuntan a la cooperación para el desarrollo o lo consideran una medida legislativa específica de la UE que pone a los pueblos indígenas en el centro de la deforestación, la diligencia debida, los minerales de conflicto, y las estrategias del campo a la mesa, etc.

Las futuras políticas e iniciativas legislativas sobre los derechos humanos y la diligencia debida ambiental, la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, y en el sector corporativo[12], [13], así como los capítulos sobre el fortalecimiento del comercio y el desarrollo sostenible en los acuerdos de libre comercio europeo, tendrán un fuerte impacto en los derechos de los pueblos indígenas dada la clara referencia a los principales instrumentos legales internacionales relacionados a estos derechos.

Sin embargo, debe subrayarse que estos desarrollos legislativos se encuentran amenazados por el actual contexto europeo. La crisis del COVID-19, la guerra de Ucrania, y el incremento del costo de vida para los ciudadanos europeos, junto con el miedo al ascenso de la extrema derecha y del populismo en las próximas elecciones, son todas las razones invocadas por los Estados miembros para frenar o reducir el alcance de la legislación. El 17 de noviembre de 2022, EURACTIV[14] informó la presión ejercida por Francia, Italia, España y Portugal para reducir el alcance de la Directiva sobre Diligencia Debida de las Empresas en Materia de Sostenibilidad (CSDDD, por sus siglas en inglés) a la cadena de producción de la compañía únicamente.

Estas presiones llevaron a que el Consejo hiciera una propuesta el 30 de noviembre de 2022,[15] donde se redujeron drásticamente las obligaciones de proteger los derechos humanos y, en gran medida, se eximió de responsabilidad a las empresas y sus directivos. Es el momento de que el Parlamento reaccione y proteja el espíritu original del texto. Se espera una decisión para marzo de 2023, pero ciertos Estados miembros están atacando muy bien a esta legislación. El Parlamento está entrando a su último año de actividad preelectoral, lo cual puede reducir su capacidad de movilización.

 

La conservación y el Enfoque Basado en los Derechos Humanos (EBDH)

La UE es parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y aceptó el objetivo 30x30 que busca conservar, al menos, el 30 % de la superficie de la tierra para el 2030.

El aumento de la extensión de las áreas protegidas sin proveer garantías para proteger los derechos de los pueblos indígenas del mundo, puede traer como consecuencia graves violaciones de los derechos humanos y causar un daño social drástico.

La misma UE ha tenido que afrontar este tema e incluso, el año pasado, decidió suspender parte de su financiación al Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF, por sus siglas en inglés), debido a violaciones de los derechos de los pueblos indígenas en la implementación del proyecto para crear el área protegida Messok Dja en el Congo-Brazzaville.

El 30 de junio de 2021, la UE adoptó un documento de trabajo llamado Aplicar el Enfoque Basado en los Derechos Humanos a los Socios Internacionales,[16] que establece una metodología desde la perspectiva del EBDH que guía todas las intervenciones que surgen en virtud del Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional - Europa Global (IVCDCI).[17]

Este enfoque, basado en el principio de “no causar daño”, implica que los socios de la UE, en especial quienes reciben los fondos, deben evitar cualquier daño que pueda resultar de sus intervenciones durante las actividades de desarrollo, conservación y protección ambiental, como un aumento en la discriminación o la violación de derechos humanos.

Los documentos de trabajo de los servicios de la comisión no son vinculantes para la UE, pero sí para quienes son parte del servicio. Si bien el personal de la Comisión que trabaja en áreas de derechos humanos es consciente de los derechos de los pueblos indígenas, esto no ocurre con el personal de todas las comisiones de la UE, ni con todos los socios de la UE. Los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión deben promover y asegurar mayor protección para los derechos humanos de los pueblos indígenas en proyectos que apoyen.

La UE también ha anunciado que, además de los 27 millones de euros adjudicados al paquete de inversión Global Gateway para lograr un comercio y un negocio justo, transparente e inclusivo e impulsar la sustentabilidad de las cadenas de abastecimiento mundiales, se entregarán otros 7 millones de euros para promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas de todo el mundo. Asimismo, la UE anunció que apoyaría proyectos que permitieran a las comunidades indígenas controlar e informar violaciones a los derechos humanos y daño ambiental, así como llevar a cabo una defensa de derechos basada en evidencia junto a actores políticos y corporativos de todos los niveles. Los pueblos indígenas también recibirán apoyo de la UE para sus propias iniciativas que impulsen un desarrollo sostenible.

La UE es parte importante en los proyectos de conservación y su financiación permite la existencia de proyectos por todo el mundo. El fortalecimiento de la obligación de respetar el EBDH y el deseo de colaborar de manera directa con los pueblos indígenas son signos alentadores de un notable deseo de prevenir violaciones a los derechos de los pueblos indígenas.

Estos desarrollos han dado como resultado un marco legislativo bastante fuerte, pero su implementación será decisiva. En este contexto, será importante que los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en particular las de los pueblos indígenas, involucren a la Comisión y den testimonio de los casos de violaciones de los derechos que han sufrido y que pidan sanciones para tornar efectiva esta base legal.

 

 

Mathias Wuidar es abogado de derechos humanos. Trabaja como representante del Centro de Documentación, Investigación e Información de los Pueblos Indígenas (DOCIP) ante la UE.

Anna Bichon estudia en el Institut d’Etudes Politiques en Fontainebleau. Es pasante en la oficina de Políticas Europeas y Defensa de Derechos en DOCIP. 

 

Este artículo es parte de la 37a edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. Encuentra El Mundo Indígena 2023 completo aquí.

 

 

Notas y referencias

[1] Dinamarca (1996), Países Bajos (1998), España (2007), Luxemburgo (2018) y Alemania (2021).

[2] Para más información sobre la evolución legislativa de la UE en cuanto a los pueblos indígenas antes del año 2023, ver:

Rodriguez Fajardo, Amalia., and Mathias Wuidar. “El Compromiso de la UE con Respecto a los Asuntos Indígenas”. En El Mundo Indígena 2020, editado por Dwayne Mamo,656-663, IWGIA, 2020. Disponible en https://www.iwgia.org/es/el-compromiso-de-la-uni%C3%B3n-europea-en-relaci%C3%B3n-con-los-derechos-de-los-pueblos-ind%C3%ADgenas/3768-mi-2020-docip.html;

Rodriguez Fajardo, Amalia., and Mathias Wuidar. “El Compromiso de la UE con Respecto a los Asuntos Indígenas”. En El Mundo Indígena 2021, editado por Dwayne Mamo,698-704, IWGIA, 2021. Disponible en https://www.iwgia.org/es/el-compromiso-de-la-uni%C3%B3n-europea-en-relaci%C3%B3n-con-los-derechos-de-los-pueblos-ind%C3%ADgenas/4183-mi-2021-el-compromiso-de-la-ue-con-respecto-a-los-asunto-indigenas.html;

Wuidar, Mathias. “El compromiso de la Unión Europea en Relación con los Derechos de los Pueblos Indígenas.” En El Mundo Indígena 2022, editado por Dwayne Mamo, 715-722, IWGIA, 2022. Disponible en https://www.iwgia.org/es/el-compromiso-de-la-uni%C3%B3n-europea-en-relaci%C3%B3n-con-los-derechos-de-los-pueblos-ind%C3%ADgenas/4731-mi-2022-el-compromiso-de-la-uni%C3%B3n-europea-en-relaci%C3%B3n-con-los-derechos-de-los-pueblos-ind%C3%ADgenas.html

[3] Comisión Europea. Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia 2020-2024. Disponible en https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/12122-Human-rights-and-democracy-in-the-EU-2020-24-action-plan_en

[4] Comisión Europea. Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para el 2030. Disponible en https://environment.ec.europa.eu/strategy/biodiversity-strategy-2030_en#:~:text=The%20EU's%20biodiversity%20strategy%20for,contains%20specific%20actions%20and%20commitments.

[5] Ibídem.

[6] Resolución del Parlamento Europeo del 3 de julio de 2018 sobre la violación de los derechos de los pueblos indígenas del mundo, incluido el acaparamiento de tierras (2017/2206(INI)). Adoptado el 3 de julio de 2018. Disponible en https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-8-2018-0279_EN.html

[7] Subcomisión de Derechos Humanos del Parlamento Europeo (DROI), Comisión de Asuntos Exteriores del Parlamento Europeo (AFET), Comisión de Desarrollo del Parlamento Europeo (DEVE), Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo (ENVI), Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo (LIBE), Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género del Parlamento Europeo (FEMM), Comisión de Comercio Internacional del Parlamento Europeo (INTA).

[8] Resolución del Parlamento Europeo del 17 de febrero de 2022 sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la Unión Europea al respecto – Informe anual 2021 (2021/2181(INI)). Adoptada el 17 de febrero de 2022. Disponible en https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2022-0041_EN.html

[9] Dirección General de Justicia y Consumidores. Propuesta de Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y anexo. 23 de febrero de 2022. Disponible en,https://commission.europa.eu/publications/proposal-directive-corporate-sustainability-due-diligence-and-annex_en

[10] Para más información ver el archivo de procedimiento de la Regulación sobre Deforestación: Parlamento Europeo. 2021/0366 (COD). Regulación sobre Deforestación. Disponible en https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?reference=2021/0366(COD)&l=en

[11] Comisión Europea. Propuesta de regulación sobre productos libres de deforestación. Dirección General de Ambiente, 17 de noviembre de 2021. Disponible en https://environment.ec.europa.eu/publications/proposal-regulation-deforestation-free-products_en

[12] Comisión Europea. Propuesta de directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. Dirección General de Justicia y Consumidores, 23 de febrero de 2022. Disponible en https://commission.europa.eu/publications/proposal-directive-corporate-sustainability-due-diligence-and-annex_en

[13] Parlamento Europeo. 2020/2129 (INL). Diligencia debida de las empresas y transparencia corporativa. Resolución del 10 de marzo de 2021 con recomendaciones a la Comisión sobre diligencia debida de las empresas y transparencia corporativa. Disponible en https://oeil.secure.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?lang=en&reference=2020/2129(INL)

[14] Allenbach-Ammann, János. “EU member states fight over scope of due diligence directive”. Euractiv, 17 de noviembre de 2022. Disponible en https://www.euractiv.com/section/economy-jobs/news/eu-member-states-fight-over-scope-of-due-diligence-directive/?fbclid=IwAR0URSV5HzpzLddMSvidEasb2bYBjlEjmTTBYfly0Y2lVNmH1HOp2ISi-fo

[15] Comité de Representantes Permanente. Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifica la Directiva (UE) 2019-1937. Comité de Representantes Permanente, 30 de noviembre de 2022. Disponible en https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-15024-2022-REV-1/en/pdf

[16] Documento de trabajo de los servicios de la Comisión Europea. Aplicar el Enfoque Basado en los Derechos Humanos a los socios internacionales. Herramientas para ubicar a los titulares de derechos en el centro del Desarrollo de la Vecindad y la Cooperación Internacional de la UE. 30 de junio de 2021. Disponible en https://international-partnerships.ec.europa.eu/system/files/2021-07/swd-2021-human-right-based-approach_en.pdf

[17] Para más información sobre Global Europe ver también: The new ´NDICI – Global Europe´(2021-2027). European Union External Action, 17 de marzo de 2022. Disponible en https://www.eeas.europa.eu/eeas/new-%E2%80%98ndici-global-europe%E2%80%99-2021-2027_en

Etiquetas: Gobernanza Global

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