El Mundo Indígena 2022: El compromiso de la Unión Europea en relación con los derechos de los Pueblos Indígenas

La Unión Europea (UE) es una unión política y económica conformada por 27 Estados miembros. Sus competencias legislativas y ejecutivas se reparten entre las principales instituciones de la UE: el Parlamento Europeo (autoridad colegisladora), el Consejo de la Unión Europea (autoridad colegisladora y ejecutiva) y la Comisión Europea (autoridad ejecutiva). Además, la UE tiene su propio servicio diplomático, el Servicio Europeo de Acción Exterior (con delegaciones de la UE en todo el mundo).

La UE mantiene relaciones comerciales con países de todo el mundo y es el principal donante de ayuda al desarrollo. Además de ejercer influencia dentro del territorio de sus Estados miembros y en las organizaciones internacionales, la UE también ejerce un impacto global como actor internacional clave en cuestiones de derechos humanos, desarrollo y en la administración de asuntos empresariales y ambientales.

La UE forma parte del proceso internacional de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas. Cuatro Estados miembros de la UE han ratificado el Convenio 169 de la OIT[1] y la UE apoyó la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007, así como el Documento Final de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas en 2014.

En años recientes, la UE ha pasado de tener una postura relativamente pasiva con respecto al reconocimiento de los pueblos indígenas a participar de manera mucho más activa para garantizar la eficacia de estos derechos en sus políticas.

La protección de los derechos de los pueblos indígenas, reservada durante mucho tiempo a los actores europeos involucrados en la defensa de los derechos humanos, tiene una influencia cada vez más transfronteriza en el sistema europeo y abarca cada vez más a diversos actores.  Esta incorporación de los derechos indígenas al sistema europeo como un aspecto fundamental del empoderamiento humano y la cooperación para el desarrollo resulta particularmente importante a nivel del Parlamento Europeo y ha dado lugar a una rápida evolución en la elaboración de leyes.

Durante 2021, el Parlamento Europeo votó cinco resoluciones que incluían derechos y cuestiones de los pueblos indígenas. Estas resoluciones exigen una mayor protección de los derechos de los pueblos indígenas y mayor inclusividad de sus representantes en los procedimientos de toma de decisiones.  Abarcan temas tan cruciales para los pueblos indígenas como la diligencia debida y la rendición de cuentas por parte de las empresas, los efectos del cambio climático en los derechos humanos y el papel de los defensores del medioambiente en este contexto, el estado de los derechos humanos en el mundo en 2020, la protección del Ártico y los impactos del cambio climático en las poblaciones vulnerables de los países en desarrollo.  Se integró en las resoluciones un enfoque relativo al efecto específico de esto en las mujeres y niñas, en consonancia con el deseo del Parlamento de promover un enfoque transformador e interseccional y de pedir la transversalización de género en todas sus políticas y acciones.  Estas resoluciones se originaron y difundieron gracias a la colaboración de siete comisiones del Parlamento Europeo que trabajan en temas tan diversos como los derechos humanos, el desarrollo y el medioambiente, pero además  —y que son de importancia — la agricultura, el comercio internacional y los asuntos jurídicos.


Este artículo es parte de la 36ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra mujeres indígenas que se ponen de pie y asumen el mando en la lucha por los derechos territoriales de su comunidad en Jharkhand, India. Fotografiada por Signe Leth, es la portada del Mundo Indígena 2022 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2022 completo aquí


Evolución de la legislación europea y recomendaciones relacionadas con los pueblos indígenas[2]

El 19 de mayo de 2021, el Parlamento Europeo aprobó una resolución elaborada por la Subcomisión de Derechos Humanos en colaboración con la Comisión de Desarrollo , la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior sobre “los efectos del cambio climático en los derechos humanos y el papel de los defensores del medio ambiente al respecto[3]. La relatora de esta resolución, María Soraya Rodríguez Ramos, organizó numerosas reuniones con los representantes indígenas y los invitó a las audiencias.  Con esta resolución, el Parlamento:

Condena enérgicamente el aumento del número de asesinatos, ataques difamatorios, actos de persecución, criminalización, encarcelamiento, acoso e intimidación contra los pueblos indígenas y los activistas de los derechos humanos ambientales y los defensores de la tierra en todo el mundo y pide que los responsables rindan cuentas[4].

El Parlamento también:

Recuerda la obligación de los Estados de proteger a los defensores del medioambiente y a sus familias contra el acoso, la intimidación y la violencia, así como su obligación de reconocer los derechos de los pueblos indígenas y comunidades locales y la contribución de su experiencia y conocimientos en la lucha contra la pérdida de biodiversidad y la degradación del medioambiente[5].

Además, destaca su:

Papel específico y experiencia en la gestión y preservación de la tierra y pide una mayor cooperación con los pueblos indígenas y su inclusión, así como esfuerzos para fortalecer su participación democrática en los procesos de toma de decisiones pertinentes, incluidos los relacionados con la diplomacia climática internacional[6].

El Parlamento recibió con satisfacción los esfuerzos de la Comisión de apoyar la participación de los pueblos indígenas a través de su apoyo específico a varios proyectos y la exhortó a continuar promoviendo el diálogo y la colaboración entre los pueblos indígenas y la Unión Europea, así como con los foros internacionales, especialmente en relación con el cambio climático.

El 6 de octubre de 2021, la Comisión de Desarrollo sometió a votación su resolución sobre El papel de la política de desarrollo ante la pérdida de biodiversidad en los países en desarrollo en el contexto de la consecución de los objetivos de la Agenda 2030[7]. Los miembros de la Comisión de Desarrollo eligieron a Michèle Rivasi como relatora por su larga trayectoria de participación en favor de los pueblos indígenas. La relatora organizó varias reuniones y conferencias con representantes indígenas y aprobó una resolución en la que se recuerda la importancia que tiene para los pueblos indígenas que la Unión adopte una legislación firme en materia de derechos humanos y diligencia debida de parte de las empresas en materia ambiental a lo largo de sus cadenas de suministro. La resolución también resalta la importancia de preservar los conocimientos indígenas para hacer frente al cambio climático y a futuras crisis sanitarias y solicita a la UE y a sus Estados miembros que mejoren la gestión de los proyectos que financia y de los acuerdos comerciales para prevenir y detectar los abusos de los derechos humanos y propiciar que se tomen medidas contra ellos.

El 7 de octubre de 2021, menos de un mes antes de que se celebrara el Foro Ártico de alto nivel de la UE y el Diálogo Anual de los Pueblos Indígenas del Ártico organizado por la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior, el Parlamento votó una resolución sobre El Ártico: oportunidades, preocupaciones y retos en materia de seguridad[8] elaborada por la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior .  El Parlamento reiteró su petición de incluir a los pueblos indígenas en los procesos de toma de decisiones y recomendó que la UE lleve a cabo políticas que garanticen que las medidas que abordan los problemas medioambientales tengan en cuenta los intereses de los pueblos indígenas de la región ártica. A su vez, recordó la necesidad de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aprobar y aplicar medidas legislativas o administrativas o poner en marcha proyectos de desarrollo que puedan afectarlos[9].

Además, el artículo 46 de la resolución:

Destaca la necesidad de garantizar la preservación de las culturas, tradiciones y lenguas de los pueblos indígenas mediante el establecimiento de programas de desarrollo de capacidades para aumentar la concienciación sobre la diversidad, la historia y los derechos de los pueblos indígenas, no solo para los jóvenes indígenas, sino también para las poblaciones no indígenas de toda la región; pide a las delegaciones de la UE en los Estados del Ártico que entablen un diálogo genuino e inclusivo con los pueblos indígenas a nivel nacional y regional y funjan como centro de coordinación de las cuestiones de los pueblos indígenas; resalta la necesidad de que el personal de estas delegaciones conozca en propiedad los derechos de los pueblos indígenas, tal como se afirma en la Declaración; acoge el creciente reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en las políticas exteriores de la UE, y en este sentido, solicita una mayor coherencia entre las políticas internas y externas de la UE en el Ártico[10].

La propuesta legislativa sobre la diligencia debida y la responsabilidad corporativa[11]

La Comisión Europea llevó a cabo una consulta pública sobre gobernanza empresarial sostenible del 30 de julio al 8 de octubre de 2020 en la que participaron más de 70 organizaciones indígenas. El 10 de marzo de 2021, el Parlamento Europeo adoptó una resolución en la que recomendaba a la Comisión que iniciara una propuesta legislativa sobre la diligencia debida y la responsabilidad corporativa.  Esta resolución fue encabezada por la Comisión de Asuntos Jurídicos , en colaboración con la Comisión de Comercio Internacional , la Subcomisión de Derechos Humanos y la Comisión de Desarrollo . El objetivo de la resolución es incidir en el procedimiento legislativo sobre gobernanza empresarial sostenible iniciado por la Comisión, que se encuentra en fase de preparación.

En esta resolución, el Parlamento apoya la adopción de una legislación vinculante al considerar que las normas voluntarias de diligencia debida no han logrado avances significativos en la prevención de los daños a los derechos humanos y al medioambiente y en el acceso a la justicia”[12]. El Parlamento consideró que todo marco obligatorio futuro de diligencia debida de la Unión debería aplicarse a todas las grandes empresas que se rijan por la legislación de un Estado miembro, sea que estén establecidas en el territorio de la Unión o que operen en el mercado interno, así como las pequeñas y medianas empresas si cotizan en la bolsa.  Para garantizar que los productos que se comercializan en el mercado interno se ajusten a los criterios medioambientales y de derechos humanos que se establezcan en la futura legislación sobre diligencia debida, esta debería complementarse con otras medidas como la prohibición de importar productos asociados a graves violaciones de los derechos humanos.  Además, el Parlamento estipuló en el artículo 39 de la resolución que:

Las empresas deben garantizar que, cuando las partes interesadas sean pueblos indígenas, las negociaciones se lleven a cabo de acuerdo con las normas internacionales de derechos humanos, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, incluido el consentimiento libre, previo e informado y el derecho de los pueblos indígenas a la autodeterminación[13].

La puesta en marcha del procedimiento legislativo sobre gobernanza empresarial sostenible por parte de la Comisión, cuya publicación se esperaba inicialmente en el segundo trimestre de 2021, se pospuso a diciembre del mismo año y posteriormente se aplazó una vez más a marzo de 2022.  Este retraso ha sido recibido con críticas por parte de la sociedad civil y muchos diputados al Parlamento Europeo.

Propuesta de reglamento de deforestación del 17 de noviembre de 2021[14]

Esta propuesta de la Comisión Europea pretende minimizar el consumo de productos procedentes de cadenas de suministro asociadas a la deforestación o a la degradación de los bosques; es la iniciativa legislativa más ambiciosa en materia de deforestación hasta la fecha.  Será la primera legislación que regule no solo la deforestación ilegal, sino cualquier deforestación vinculada a la producción de materias primas que representen un riesgo para los bosques. Cuando entre en vigor, los agentes comerciales tendrán que demostrar que dichas materias primas no se han cultivado o criado en tierras deforestadas o degradadas después del 31 de diciembre de 2020 para poder comercializarlas en el mercado de la UE.

Lamentablemente, el reglamento propuesto no exige el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos y prefiere basarse en la “legislación pertinente del país de producción”[15]. Esto supone una importante limitación a los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades forestales, en particular al respeto por los derechos consuetudinarios de tenencia y el principio de consentimiento libre, previo e informado, cuyos derechos por lo general no están suficientemente protegidos en las leyes nacionales.

Como concluyen nuestros colegas Anouska Perram y Antoine Gilbert del Forest Peoples Programme:

Si bien el reglamento sobre deforestación es una propuesta bienvenida y esperada desde hace mucho tiempo, el hecho de no poder incorporar los derechos humanos es una deficiencia importante que probablemente limitará su eficacia y generará resultados perversos.  La deforestación y las violaciones de los derechos humanos están altamente correlacionadas, y se ha reconocido que los pueblos indígenas y forestales se cuentan entre los mejores guardianes de los bosques.  No abordar la deforestación y la diligencia debida en materia de derechos humanos de forma integrada es una oportunidad perdida para tener un reglamento más eficaz y completo, y no está en consonancia con las normas mundiales de sostenibilidad[16].

 

Mathias Wuidar es abogado de derechos humanos. Trabaja como representante del Centro de Documentación, Investigación e Información de los Pueblos Indígenas (DOCIP) ante la UE.

 

Este artículo es parte de la 36ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra mujeres indígenas que se ponen de pie y asumen el mando en la lucha por los derechos territoriales de su comunidad en Jharkhand, India. Fotografiada por Signe Leth, es la portada del Mundo Indígena 2022 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2022 completo aquí

 

Notas y referencias 

[1] Dinamarca (1996), Países Bajos (1998), España (2007) y Luxemburgo (2018).

[2] Para más información sobre los avances legislativos de la UE previos a 2021 relacionados con los pueblos, véase Rodríguez Fajardo, Amalia y Mathias Wuidar. European Union Engagement with Indigenous Issues (El compromiso de la Unión Europea con las cuestiones indígenas). En El Mundo Indígena 2020 y 2021, editado por Dwayne Mamo. IWGIA, 2020, 2021.

[3]Parlamento Europeo. Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de mayo de 2021, sobre los efectos del cambio climático en los derechos humanos y el papel de los defensores del medio ambiente al respecto. Bruselas, 19 de mayo de 2021. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0245_EN.html

[4] Ídem.

[5] Ídem.

[6] Ídem.

[7]Parlamento Europeo. Resolución del 6 de octubre de 2021 sobre el papel de la política de desarrollo ante la pérdida de biodiversidad en los países en desarrollo en el contexto de la consecución de los objetivos de la Agenda 2030. Bruselas, 6 de octubre de 2021. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0404_EN.html

[8] Parlamento Europeo. Resolución del 7 de octubre de 2021 sobre el Ártico: oportunidades, preocupaciones y retos en materia de seguridad. Bruselas, 7 de octubre de 2021. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0413_EN.html

[9] Ídem.

[10] Ídem.

[11] Parlamento Europeo. Resolución del 10 de marzo de 2021 con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa. Bruselas, 10 de marzo de 2021. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0073_EN.html

[12] Ídem.

[13] Ídem.

[14] Comisión Europea. Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejorelativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos derivados asociados a la deforestación y la degradación forestal y por el que se deroga el Reglamento (UE) Nº 995/2010. Bruselas, 17 de noviembre de 2021. https://ec.europa.eu/environment/forests/pdf/COM_2021_706_1_EN_Proposal%20for%20Regulation%20on%20Deforestation.pdf

[15] Ídem.

[16]Anouska Perram y Antoine Gilbert. The European Commission’s new proposed deforestation regulation - What does it mean for indigenous peoples and forest communities?” (“La nueva propuesta de reglamento sobre deforestación de la Comisión Europea. ¿Qué significa para los pueblos indígenas y las comunidades forestales?). Forest Peoples Programme, diciembre de 2021. https://www.forestpeoples.org/sites/default/files/documents/FPP%20Deforestation%20Briefing%20English%20V9.pdf

Etiquetas: Gobernanza Global

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