• Pueblos Indígenas en México

    Pueblos Indígenas en México

    En México hay 16.933.283 indígenas, que representan el 15,1% de la población total. México ha adoptado la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y es una nación pluriculural desde 1992. Sin embargo, la población indígena del país se sigue enfrentando a numerosos desafíos.

El Mundo Indígena 2025: México

Según datos del Censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía 2020 (INEGI), en México fueron contabilizadas 126.014.024 personas, de las cuales 23.2 millones de tres años y más se autoidentificaron como indígenas.[1]

Estos datos reflejan una tendencia a la baja en el número de hablantes de una lengua indígena, pues 7.345.645 personas de tres años y más declararon hacerlo. Sin embargo, de este rango poblacional el 87,2 % también habla español, mientras que el 11,8 % es monolingüe.

Asimismo, el país registra 68 lenguas originarias, manteniéndose el náhuatl como la más hablada (22,4 %), seguida del maya (10,5 %) y el tseltal (8,0 %). Las lenguas con menores porcentajes son el totonaco (3,5 %), el ch’ol (3,5 %) y el mazateco (3,2 %).

Los mexicanos entre 15 y 29 años de edad son identificados como jóvenes. En términos de educación, la población hablante de una lengua indígena de 15 años y más alcanza el equivalente a la primaria completa. En ese mismo rango, el analfabetismo es drásticamente superior, con una tasa del 20,9 % en comparación con quienes no hablan una lengua originaria.

Según cifras oficiales, el 60,5 % de la población indígena comienza su vida laboral a partir de los 12 años.[2] Durante el primer trimestre de 2024, el INEGI registró 31.000.000 de personas entre 15 y 29 años de edad, cifra que representa el 23,8 % del total de la población.

A pesar de la actualización más reciente del INEGI acerca del estatus de los jóvenes en México, hasta 2020 el 25,6 % de ciudadanos que se autoascribía como indígena (23,2 millones de personas) se encontraba entre 15 y 29 años.[3] Esto evidencia la falta de datos desagregados que den cuenta del estatus de este sector, ya sea por entidades federativas o regiones indígenas.

México votó a favor de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007, ha firmado el Convenio 169 de la OIT y, nivel nacional, el Artículo 2 de la Constitución reconoce y garantiza el derecho de los Pueblos y las Comunidades Indígenas a la libre determinación y a la autonomía.[4]


Este artículo es parte de la 39ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra la activista indígena Funa-ay Claver, del pueblo Bontok Igorot, junto a jóvenes indígenas activistas y otras personas protestan contra las leyes represivas y las violaciones de derechos humanos perpetradas por las acciones y proyectos del Gobierno de Filipinas y otros actores contra los Pueblos Indígenas. La protesta tuvo lugar durante el discurso nacional del Presidente Marcos Jr., el 22 de julio de 2024, en Quezon City, Filipinas. Fotografiada por Katribu Kalipunan ng Katutubong Mamamayan ng Pilipinas, es la portada del Mundo Indígena 2025 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2025 completo aquí.


EZLN: 30 años

El 1 de enero se conmemoraron 30 años del levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en el estado de Chiapas, con el cual dieron a conocer al mundo la Declaración de la Selva Lacandona, documento en el que expresaron el sentido de su lucha.[5]

Producto de las negociaciones entre el EZLN, la Comisión de Concordia y Pacificación, la Comisión Nacional de Intermediación y el Estado mexicano, se firmaron los Acuerdos de San Andrés Larraínzar (1996). Estos Acuerdos exigían, entre otros puntos, al Gobierno Federal que los Pueblos Indígenas fueran reconocidos en la Constitución, se ampliara su representación política, se garantizara el acceso a la justicia y se promovieran las manifestaciones culturales. Además, se establecía la necesidad de asegurar la educación y capacitación, el cumplimiento de sus necesidades básicas, el impulso y la producción del empleo y la protección a indígenas migrantes.

Si bien los Acuerdos agruparon las exigencias históricas de los Pueblos Indígenas del país, su incumplimiento fue atribuido a la falta de voluntad política y tecnicismos legales, pues la Federación consideró que contravenían la Constitución. Esto motivó que tanto el EZLN como el Gobierno de México presentaran contrapropuestas que ninguna de las partes aceptó.[6]

En 1999, el movimiento zapatista impulsó una consulta nacional para buscar legitimar los Acuerdos, cuyo antecedente directo es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales,[7] en la cual participaron más de 3,5 millones de personas. Sin embargo, hasta la fecha, los Acuerdos de San Andrés no se han cumplido y la presión política y económica sobre las tierras y territorios de las comunidades zapatistas continúa, incluida la presencia del crimen organizado y los proyectos extractivistas.

Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas de México

Durante septiembre de 2024, el Poder Legislativo federal aprobó la reforma al artículo segundo de la Constitución Política de México con 492 votos a favor, mediante la cual se reconoció a los Pueblos y Comunidades Indígenas del país como sujetos de derecho público, dotándolos de personalidad jurídica y patrimonio propio. Además, la reforma aborda aspectos como el desarrollo de la medicina tradicional y la partería para atender el embarazo, parto y puerperio, reconociendo las prácticas de salud, así como los saberes de quienes las ejercen.

Asimismo, establece que corresponde ser objeto de consultas de carácter administrativo o legislativo según sea el caso y que se debe preservar, proteger, difundir y estudiar sus lenguas, culturas e identidad. Mientras tanto, sus integrantes deben ser asistidos y asesorados con perspectiva de género mediante intérpretes, traductores y peritos especializados en derechos indígenas, pluralismo jurídico, así como diversidad lingüística y cultural. También quedó garantizada la educación intercultural y plurilingüe en todos los niveles, mediante programas que impulsen su herencia cultural, libre de discriminación y racismo.[8]

Reforma y omisiones 

Tras estudios en la materia, analistas y centros de derechos humanos señalaron diversos aspectos que pudieron colaborar a mejorar la reforma, especialmente en el contexto de las demandas históricas de las comunidades indígenas, como dotarlas de verdadera autonomía y personalidad jurídica. Éstas quedan supeditadas al marco constitucional que asegure la “unidad del país”, lo cual ha sido visto como la continuidad de un sentido de subordinación al Estado mexicano. También han indicado que la reforma no fue clara y debió subsanar su exigencia como sujetos de derecho público.[9]

De acuerdo con las modificaciones, su libre determinación se considera según los sistemas normativos de la Carta Magna, los cuales abarcan aspectos sociales, culturales y, en especial, políticos y económicos desde sus propios contextos. Justamente en el rubro financiero se inscribe otra de las observaciones, ya que no pueden ejercer libremente recursos económicos desde las partidas presupuestales, por lo cual quedan bajo la tutela de los diferentes niveles de gobierno.[10]

A su vez, expertos subrayaron que las adecuaciones impiden a los Pueblos Indígenas decidir sobre sus territorios y recursos naturales. Si bien la reforma reconoce que las comunidades se encuentran asentadas en un área territorial, no garantiza que resuelvan conflictos de acuerdo con sus intereses particulares, usos y costumbres, es decir, imposibilita que se defiendan ante la llegada de proyectos extractivistas o que empresas transnacionales, como las mineras, sustraigan sus recursos naturales mediante la entrega de concesiones. En este mismo sentido, se encuentra establecido el derecho a las consultas, el cual aplica cuando sean de tipo legislativo o administrativo, sin embargo, tampoco garantiza que éstas se realicen cuando el medio ambiente o el territorio sean afectados.

También recomendaron un análisis exhaustivo de otros artículos de la Constitución, como el 127, al igual que las normas operativas y de recursos económicos, con el fin de garantizar que se les otorguen verdaderos derechos para la autodeterminación política, social, financiera y decisión sobre sus territorios, al igual que los recursos naturales.[11] Por último, aunque la reforma era necesaria, llega tarde y genera dudas que se impulse un cambio profundo en el Estado mexicano para implementarla.[12]

La educación, tema pendiente

Si bien el acceso a la educación en México está garantizado en el artículo tercero de la Constitución, en la realidad, el sector juvenil en las comunidades indígenas es quien enfrenta mayores rezagos en la materia. Así lo identificó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social en el Estudio Diagnóstico del Derecho a la Educación 2024.

Según el diagnóstico, 52,1 millones de personas son niños, niñas, adolescentes y jóvenes en edades promedio para acudir a la escuela, desde educación inicial, básica, media superior y superior. De esa cifra, el 4,7 % (2,2 millones de personas de tres a 24 años) afirmaron ser hablantes de alguna lengua indígena. El mismo estudio indica, que 95,7% de niños hablantes de una lengua indígena entre los 6 y 11 años cuentan con educación primaria; 77,4% de adolescentes entre los 12 y 14 años están en secundaria; el 44% de jóvenes entre 15 y 17 cursan el bachillerato, y tan sólo 9,4% de jóvenes entre 18 y 24 años acuden a la universidad. Así mismo, este documento puntualiza que el promedio de escolaridad para hablantes de una lengua indígena es de 6,3 años, que el 46,4 % no concluye la educación básica, y que apenas un mínimo porcentaje alcanza el nivel medio superior y superior.[13]

Ante este panorama, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Programa Universitario de Estudios de la Diversidad Cultural y la Interculturalidad (PUIC-UNAM) y su Sistema de Becas para Alumnos que Pertenecen a Pueblos Indígenas y Afromexicano (SBEIA),[14] apoya a estudiantes del nivel medio superior y superior con el otorgamiento de una beca que impulse sus estudios. Además, promueve actividades académicas y culturales que fortalecen su formación profesional y sus procesos identitarios.

En este marco, durante el semestre de agosto-diciembre de 2024, se benefició a 1.040 alumnas y alumnos inscritos en la UNAM con esta beca, de los cuales 608 fueron mujeres y 432 hombres. En el caso de la educación universitaria, las becas corresponden a estudiantes de las licenciaturas en médico cirujano, derecho, instrumentista, psicología, contaduría, economía, ingeniería civil, arquitectura, enfermería, administración, cirujano dentista, relaciones internacionales, entre las más numerosas.

Aunque el acceso a este apoyo para alumnos de educación media y superior beneficiarios del SBEIA es un logro visible en estudiantes de por lo menos 38 Pueblos Indígenas, todavía   falta incluir a jóvenes de 30 pueblos originarios de los 68 que hay en México. De los inscritos en la UNAM, destacan por su mayor número los nahuas, mixtecos, zapotecos, otomíes, mixes, mazahuas, totonacas, mazatecos, triquis, amuzgos y mayas peninsulares.

Al analizar los datos por adscripción étnica y desagregarlos por hombres y mujeres, sobresale que en algunos Pueblos Originarios sigue siendo mayor la presencia de hombres con respecto a las mujeres, aunque las diferencias en las cifras no son grandes.

Entre ellos se encuentran zapotecos, tlapanecos, triquis, mayas peninsulares, chinantecos, choles y zoques. Además, los becarios provienen de diferentes estados del país; en total, se registran 23, siendo Oaxaca uno de los lugares origen con mayor número.

Cabe destacar el esfuerzo de los jóvenes indígenas en el logro de su formación profesional, sumado a los premios y reconocimientos que han obtenido por su trabajo académico. En 2024, 17 alumnos obtuvieron una distinción: tres por rendimiento académico y cinco por ganar concursos.

Para el primer semestre de 2025, este sistema de becas que entrega la UNAM quedó establecido para 1.040 alumnos, siendo 589 mujeres y 451 hombres, correspondientes a 37 Pueblos y Comunidades Indígenas del país. Al respecto, 966 pertenecen al nivel universitario y 74 al nivel medio superior, sumando 44 unidades académicas de la UNAM.

Lo anterior permite observar que, a pesar de las actuales condiciones de vida, la marginalidad, el bajo desarrollo social y la pobreza que enfrentan los Pueblos Indígenas de México, este sector estudiantil de la población joven está construyendo un futuro a través de su formación profesional y de la educación media superior.

Como se observa, el reto para las universidades, los diferentes niveles de Gobierno y la sociedad en su conjunto es contribuir para que cada vez sean más los jóvenes de los 68 Pueblos Originarios del país los que puedan cristalizar estos logros a través de la educación.

 

Carolina Sánchez García es Directora del Programa Universitario de Estudios de la Diversidad Cultural y la Interculturalidad de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUIC-UNAM).

Juan Mario Pérez Martínez es Secretario Técnico del PUIC-UNAM.

 

Este artículo es parte de la 39ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra la activista indígena Funa-ay Claver, del pueblo Bontok Igorot, junto a jóvenes indígenas activistas y otras personas protestan contra las leyes represivas y las violaciones de derechos humanos perpetradas por las acciones y proyectos del Gobierno de Filipinas y otros actores contra los Pueblos Indígenas. La protesta tuvo lugar durante el discurso nacional del Presidente Marcos Jr., el 22 de julio de 2024, en Quezon City, Filipinas. Fotografiada por Katribu Kalipunan ng Katutubong Mamamayan ng Pilipinas, es la portada del Mundo Indígena 2025 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2025 completo aquí.

 

Notas y referencias

[1] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2022). Principales resultados del Censo de Población y Vivienda 2020.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825198060.pdf.

[2] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2022). Estadísticas a propósito del Día Internacional de los Pueblos Indígenas.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/EAP_PueblosInd22.pdf

[3] Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México. (9 de agosto de 2023). Necesario fortalecer el papel de las personas indígenas jóvenes como agentes de cambio.

https://cdhcm.org.mx/2023/08/necesario-fortalecer-el-papel-de-las-personas-indigenas-jovenes-como-agentes-de-cambio/#:~:text=En%20el%20pa%C3%ADs%2C%20de%20acuerdo,es%20decir%20es%20poblaci%C3%B3n%20joven.

[4] Constitución Política de México. Artículo 2 de la Nación Mexicana.  https://www.constitucionpolitica.mx/titulo-1-garantias-individuales/capitulo-1-derechos-humanos/articulo-2-nacion-mexicana

[5] Universidad Nacional Autónoma de México. Cátedra Unesco de Derechos Humanos. Declaraciones de la Selva Lacandona. EZLN. Compilador Humberto Escobedo Cetina.

https://catedraunescodh.unam.mx/catedra/ocpi/documentos/docs/6/08.pdf

[6] Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas. “Los Acuerdos de San Andrés Larraínzar en el contexto de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Americanos”. En Análisis interdisciplinario de la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas. X Jornadas Lascasianas. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/1/12.pdf

[7] Organización Internacional del Trabajo. (2014). Convenio N.º  169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas..

https://www.ilo.org/es/media/443541/download

[8] Suprema Corte de Justicia de la Nación. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.17 de enero de 2025. https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/cpeum/documento/cpeum.pdf

[9] Desinformémonos. (12 de septiembre de 2024). Reforma indígena y afromexicana deliberadamente deja fuera elementos fundamentales, advierten organizaciones.

https://desinformemonos.org/reforma-indigena-y-afromexicana-deliberadamente-deja-fuera-elementos-fundamentales-advierten-organizaciones/

[10] Fundar. Centro de Análisis e Investigación. (12 de noviembre de 2024). Los pueblos como sujeto de derecho público: significados para la construcción de un Estado pluricultural.

https://fundar.org.mx/los-pueblos-como-sujeto-de-derecho-publico/

[11] La Coperacha. (7 de febrero de 2024). Mutilada la iniciativa de reforma para los Pueblos Indígenas: Francisco López Bárcenas.

https://lacoperacha.org.mx/mutilada-iniciativa-reforma-pueblos-indigenas-francisco-lopez-barcenas-2024/?fbclid=IwY2xjawEnCO9leHRuA2FlbQIxMQABHbaxllnTbrAm0yVHGyfRA348nkmolWbiRAR5i5XNUzcXY6L2xmucbIiTpg_aem_k8tB2WuGWt6Qf9Rjp_7AdA

[12] Cruz Rueda, Elisa. "La reforma constitucional ¿reconocimiento simbólico?" Servindi  4 de octubre de 2024. https://www.servindi.org/actualidad-noticias/03/10/2024/un-reconocimiento-simbolico-la-reforma-constitucional-sobre-los

[13] Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Estudio Diagnóstico del Derecho a la Educación 2024. CONEVAL, 2024. https://www.coneval.org.mx/EvaluacionDS/PP/CEIPP/IEPSM/Documents/Derechos_Sociales_2024/EDDE_2024_IF.pdf 

[14] Universidad Nacional Autónoma de México. Programa Universitario de Estudios de la Diversidad Cultural y la Interculturalidad. Informe de actividades 2024.

Etiquetas: Derechos Humanos, Integridad cultural, Empresas y derechos humanos

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