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El Mundo Indígena 2019: Mujeres Indígenas en la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

Mujeres Indígenas en la 62va. sesión de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) es el principal órgano internacional intergubernamental dedicado exclusivamente a la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer. Desempeña una labor crucial en la promoción de los derechos de la mujer documentando la realidad que viven las mujeres en todo el mundo, elaborando normas internacionales en materia de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres.

La Comisión tiene un papel de liderazgo en el seguimiento y revisión de los avances y las dificultades encontradas en la implementación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, principal documento de política mundial sobre igualdad de género, así como sobre las cuestiones emergentes que afectan la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer.

Durante el periodo anual de sesiones de la Comisión, los representantes de los Estados Miembros de la ONU, las organizaciones de la sociedad civil y las entidades de las Naciones Unidas se reúnen, durante dos semanas en la Sede de la ONU en Nueva York para debatir sobre los avances y las brechas en la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing de 1995. En base a los debates, los Estados Miembros acuerdan medidas para acelerar los avances en esta materia y promover el disfrute de los derechos de las mujeres en los ámbitos político, económico y social. Las conclusiones y recomendaciones de cada sesión se envían al Consejo Económico y Social para su seguimiento.

La participación e incidencia de las mujeres indígenas en espacios de toma de decisiones a nivel global como es la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer es muy relevante estratégicamente, ya que incide directamente en los derechos individuales y colectivos de 185 millones de mujeres indígenas en el mundo, pertenecientes a 5 mil pueblos indígenas diferentes.

Mujeres Indígenas en la 62va. sesión de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) es un espacio fundamental para visibilizar y posicionar los derechos individuales y colectivos de las mujeres indígenas entre los representantes de los Estados Miembros, entidades de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales (ONG) acreditadas por ECOSOC de todas las regiones del mundo que asisten a la sesión.

Por ello, el Foro Internacional de Mujeres Indígenas (FIMI) desde su primera intervención en la Sesión 56 de la CSW en 2012, ha facilitado de forma activa la articulación de mujeres indígenas para la incidencia política, ocupando, todos estos últimos años este espacio de alto nivel político, a fin de colocar sus posicionamientos en las conclusiones acordadas, impulsando así la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas indígenas.

La 62 sesión de la Comisión llevada a cabo del 12 al 23 de marzo de 2018, abarcó los temas, desafíos y oportunidades en el logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas rurales. Los hogares de muchas mujeres indígenas del mundo se encuentran en las áreas rurales, que presenta realidades únicas y diversas, por lo que requieren enfoques y medidas particulares, para abordar los problemas que les afectan de una manera culturalmente sensible y garantizar sus derechos individuales y colectivos.

Entre los aportes de las mujeres indígenas rurales se encuentran sus prácticas y medios de vida sostenibles, siendo agentes de cambio que proveen la seguridad alimentaria, salud y bienestar en las comunidades, a pesar de las profundas brechas de desigualdad, racismo y discriminación que enfrentan. En este marco de referencia, las recomendaciones realizadas por las mujeres indígenas participantes en la reunión de coordinación para la CSW 62 abordaron las principales prioridades que viven las mujeres indígenas del mundo:

  1. Alentar a la organización para un Foro de alto nivel sobre mujeres indígenas, incluidas las consultas regionales con una participación efectiva de las mujeres indígenas para revisar el progreso y los desafíos en la implementación de la Plataforma de Acción de Beijing (2020), vinculando los alcances y progresos encanto a la situación que viven las mujeres indígenas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
  2. Reconocer que el acceso a la propiedad y el control de las tierras, los territorios y los recursos, y el libre consentimiento previo e informado de las mujeres indígenas es fundamental para el empoderamiento y la realización de los objetivos de desarrollo sostenible, incluida la protección de las defensoras de los derechos humanos de las mujeres indígenas.
  3. Reconocer a las mujeres y jóvenes indígenas con discapacidades como los más vulnerables a los desastres climáticos y proporcionar salvaguardas relevantes para el contexto y culturalmente sensibles, brindar apoyo técnico, financiero, para garantizar su protección y bienestar económico, social y ambiental.
  4. En consulta e igualdad de condiciones, tomar medidas concretas para garantizar la asistencia técnica y financiera para las actividades económicas de las mujeres indígenas teniendo en cuenta su conocimiento y contexto cultural, incluyendo datos desglosados ​​por etnia y género para la formulación adecuada de las intervenciones de políticas públicas que garanticen empoderamiento, bienestar y servicios en contextos rurales y comunidades indígenas.[1]

Con estas recomendaciones las mujeres indígenas intentaron que los Estados, la Comisión y otras instituciones del sistema de la ONU, cuando tomen decisiones  consideren la urgente necesidad de tomar en cuenta las condiciones específicas de las mujeres indígenas en zonas rurales, sus contextos de los temas específicos para colectivamente abordar las brechas y los desafíos presentes, desde el enfoque propio de las mujeres indígenas.

Cabe señalar, que las resoluciones, recomendaciones y párrafos que mencionan e incluyen a las mujeres indígenas de la CSW se convierten en documentos para la incidencia porque los Estados deberán tomarlas como parte de sus compromisos asumidos internacionalmente. Sin embargo, está comprobado que, si esta información no es socializada de lo global a lo local por las propias mujeres indígenas organizadas, no tendrán mayor impacto; por ello, resulta fundamental que las mismas lideresas indígenas retomen los compromisos adoptados y sean utilizados como herramientas para la incidencia política en sus países.

Con las recomendaciones enunciadas anteriormente la Comisión estableció políticas y medidas que los gobiernos y otras partes interesadas deberán implementar en tres rubros:

  1. Fortalecimiento de los marcos normativos, jurídicos y de políticas.
  2. Aplicación de políticas económicas y sociales para el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas rurales.
  3. Fortalecimiento de la voz colectiva y del liderazgo de todas las mujeres y las niñas rurales y su participación en la adopción de decisiones.

Dos rubros contemplan a las mujeres indígenas, sus derechos individuales y colectivos.[2]

Sobre la cuestión del fortalecimiento de los marcos normativos, jurídicos y de políticas menciona que:

La Comisión reconoce que las mujeres y las niñas indígenas que viven en zonas rurales y remotas, independientemente de su edad, suelen verse expuestas a la violencia y a tasas más elevadas de pobreza y tienen un acceso limitado a los servicios de salud, la tecnología de la información y las comunicaciones, la infraestructura, los servicios financieros, la educación y el empleo, y reconoce también la contribución cultural, social, económica, política y ambiental de esas mujeres y niñas, en particular en lo que respecta a la mitigación del cambio climático y la adaptación a él.[3]

A la luz de la recomendación anterior es evidente que a las niñas y mujeres indígenas rurales se les sigue negando el acceso al buen vivir y el ejercicio de sus derechos fundamentales. Por lo tanto, es importante que los Estados miembros y partes interesadas contemplen marcos jurídicos que busquen proveerles una vida libre de violencia y eleven sus condiciones de vida para el acceso a la justicia social. Esta recomendación reconoce también e las contribuciones de las mujeres indígenas en los ámbitos cultural, social, económico, político y ambiental, abre una ventana de oportunidad para que los Estados miembros y partes interesadas implementen políticas públicas, programas o mecanismos que eliminen toda forma racista y discriminatoria; en donde mujeres indígenas sean incluidas como sujetos de derechos, cuyos aportes son fundamentales para encontrar  soluciones a realidades que afectan  críticamente a la vida en el planeta.

En cuanto a la aplicación de políticas económicas y sociales para el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas rurales se recomendó:

Hacer inversiones y redoblar los esfuerzos para empoderar a las mujeres rurales como agentes importantes para lograr la seguridad alimentaria y una mejor nutrición, velando por que ejerzan su derecho a la alimentación, entre otras cosas apoyando la participación de las mujeres rurales en todos los sectores económicos, incluidas la pesca y la acuicultura comerciales y artesanales, promoviendo condiciones de trabajo decentes y la seguridad personal, facilitando el acceso sostenible a la infraestructura rural esencial, la tierra, el agua y los recursos naturales y los mercados locales, regionales y mundiales y su utilización sostenible, y valorando los conocimientos tradicionales y ancestrales de las mujeres rurales, incluidas las mujeres indígenas, y su contribución a la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad terrestre y marina para las generaciones actuales y futuras.[4]

Esta conclusión implica la importancia de la participación de las mujeres indígenas en los procesos de formulación de proyectos, programas y políticas, para lograr la seguridad alimentaria y una mejor nutrición, porque es su derecho y sus aportes serán pertinentes, y corresponderán a realidades concretas. También, en este aspecto es necesario contemplar que, al ser incluidas en todos los sectores económicos, el acompañamiento técnico es fundamental para garantizar un impacto positivo en sus condiciones de vida. Por ello es importante implementar una estrategia de transferencia de conocimientos y de manejo de herramientas para la actividad económica emprendida, pero sobre todo que cuente con un enfoque de sostenibilidad, que garantice ingresos económicos que sirvan para empoderar efectivamente a las mujeres.  

También dentro de las recomendaciones de las políticas económicas y sociales para el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas rurales contempla:

Promover y proteger los derechos de las mujeres y las niñas indígenas que viven en zonas rurales y remotas combatiendo las formas múltiples e interrelacionadas de discriminación y los obstáculos que enfrentan, incluida la violencia, garantizando el acceso a una educación inclusiva y de calidad, la atención médica, los servicios públicos, los recursos económicos, incluidos la tierra y los recursos naturales, y el trabajo decente, en el caso de las mujeres, y promoviendo su participación fructífera en la economía y los procesos de adopción de decisiones a todos los niveles y en todos los ámbitos, y al  tiempo respetando y protegiendo sus conocimientos tradicionales y ancestrales y observando la importancia que tiene para las mujeres y las niñas indígenas la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.[5]

Por último, y no menos importante, esta recomendación termina por cimentar las bases para garantizar los derechos individuales y colectivos de las mujeres y niñas indígenas que viven en zonas rurales buscando alinear la toma de decisiones de los representantes de los Estados Miembros, y entidades de las Naciones Unidas que implican legislaciones que desemboquen en políticas públicas armonizadas con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

De los desafíos para la implementación de las resoluciones

El compromiso real de los estados se demostrará en su nivel de implementación de la resolución. Diversas resoluciones de la ONU han sido aprobadas por los Estados, pero muchas permanecen en el papel. El principal desafío es la voluntad política de los Estados para implementar la resolución a nivel nacional que se manifestará específicamente en relación con las políticas públicas, el desarrollo de programas, a la armonización de las instituciones en las líneas sugeridas en las recomendaciones y la asignación de recursos según sea necesario y apropiado.

Como propuesta y proyección se aspira que más mujeres indígenas sean incluidas tanto en las delegaciones gubernamentales que participan en la CSW, como en la participación de mujeres indígenas representantes en el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU, para poder así fortalecer la incidencia política en los niveles que corresponden. Su importancia radica en una relación de articulación coordinada para lograr que las recomendaciones de ambos mecanismos se complementen y su implementación sea real a través de políticas públicas. La articulación y coordinación en complementariedad y en armonía es todavía agenda pendiente.

 

Este artículo es parte de la 33ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. Encuentra El Mundo Indígena 2019 completo aquí.

 

Notas y referencias

[1] See http://bit.ly/2SLf6wO

[2] 2018 Comisión de la condición Jurídica y social de la Mujer Conclusiones Convenidas, p1.

[3] Ibid, p9.

[4] Ibid, p13.

[5] Ibid, p17. 

Articulo elaborado por el Foro Internacional de Mujeres Indigenas (FIMI)

Etiquetas: Gobernanza Global, Derechos Humanos, Mujeres, Defensores de derechos humanos indígenas

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