El Mundo Indígena 2023: El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) es un órgano subsidiario del Consejo de Derechos Humanos compuesto por siete miembros independientes, uno de cada una de las siete regiones socioculturales indígenas: África; Asia; el Ártico; Europa Central y Oriental, la Federación de Rusia, Asia Central y Transcaucasia; Centro y Suramérica y el Caribe; Norteamérica; y el Pacífico.

La resolución 33/25, adoptada por el Consejo de Derechos Humanos en 2016, modificó el mandato del MEDPI para proporcionar al Consejo de Derechos Humanos conocimientos especializados y asesoramiento sobre los derechos de los pueblos indígenas, tal y como se establece en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI), y de ayudar a los Estados miembros que lo soliciten a alcanzar los fines de la Declaración mediante la promoción, la protección y el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas, incluso a través de la colaboración con los países.


Este artículo es parte de la 37a edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. Encuentra El Mundo Indígena 2023 completo aquí.


 

En 2022, el MEDPI prosiguió con sus actividades a través de una sesión anual de formato híbrido, un seminario de expertos, una reunión entre periodos de sesiones y reuniones de coordinación con otros mecanismos indígenas en consecuencia. En su 15.o periodo de sesiones realizado entre el 4 y el 8 de julio de 2022, el MEDPI encabezó tres paneles de discusión: i) Impacto de los proyectos de desarrollo en las mujeres indígenas, ii) Mejora de la participación de los pueblos indígenas en las Naciones Unidas y iii) Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas. Durante el periodo de sesiones, se llevó a cabo un total de 24 eventos paralelos virtuales sobre una amplia gama de temas relacionados con los derechos de los pueblos indígenas.

El MEDPI celebró su reunión entre periodos de sesiones del 7 al 9 de diciembre de 2022. La reunión incluyó un seminario de expertos de dos días realizado el 5 y el 6 de diciembre de 2022 sobre el “Impacto de la militarización en los derechos de los pueblos indígenas”. El objetivo principal del seminario fue llevar a cabo un debate exhaustivo para colaborar con el estudio de 2023 del MEDPI; discutir los últimos desarrollos relacionados en los campos político, legal e institucional a nivel nacional, regional e internacional; identificar buenas prácticas y desafíos de diferentes regiones con respecto a los desarrollos; y contribuir a enfoques que faciliten el diálogo constructivo entre los Estados y los pueblos indígenas en el marco de la DNUDPI.

El MEDPI participó en el Grupo de Trabajo Mundial para el Desarrollo de un Decenio de Acción para las Lenguas Indígenas[1] en junio y septiembre de 2022. A su vez, en diciembre, entre otras actividades, el presidente del MEDPI asistió al segmento de alto nivel del lanzamiento del Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas coordinado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). El MEDPI participó en un diálogo interactivo con el Mecanismo de Expertos sobre el Derecho al Desarrollo (EMRTD) en su sexto periodo de sesiones del 31 de octubre al 2 de noviembre, en el cual destacó la relación entre el derecho al desarrollo y los pueblos indígenas, las buenas prácticas y el mandato de colaboración con los países del MEDPI. El presidente del MEDPI asistió al taller de cuatro días de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) sobre cómo mejorar la participación de los pueblos indígenas en el Consejo de Derechos Humanos (CDH). El MEDPI también formó parte del 21.o periodo de sesiones del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas (Foro Permanente), presentó su informe al CDH en su 51.o periodo de sesiones y participó en el panel de discusión anual del CDH sobre los derechos de los pueblos indígenas.

 

Estudio temático adoptado

En su 15.o periodo de sesiones, el MEDPI adoptó su estudio titulado: Tratados, Acuerdos y otros Arreglos Constructivos entre los Pueblos Indígenas y los Estados, Incluidos los Acuerdos de Paz y las Iniciativas de Reconciliación, y su Reconocimiento Constitucional (A/HRC/51/50).[2], [3]

El MEDPI considera el estudio como una oportunidad para identificar los principios y las condiciones, así como las brechas y los desafíos más amplios, en la materialización y el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas para celebrar tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados, y para que se respeten e implementen. El estudio se centró en el artículo 37 de la Declaración.[4] En el mismo, se analizaron las condiciones propicias para el establecimiento de tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos destinados al reconocimiento de los pueblos indígenas como tales y de sus derechos, los cuales constituyen una condición previa para el goce de todos los derechos consagrados en la DNUDPI. Este reconocimiento puede no ser efectivo si no se acompaña con reformas estructurales, la admisión de la personalidad jurídica y la distribución del poder. El reconocimiento constitucional es particularmente importante, ya que garantiza el mayor nivel de protección interna y brinda continuidad e inmunidad contra la inestabilidad, los cambios políticos o el retroceso de derechos, incluso en la legislación y las políticas internas.

Otra condición propicia identificada en el estudio es el equilibrio del poder en los procesos de negociación, que se vincula con la posibilidad de que los pueblos indígenas participen en virtud de sus propios procesos de toma de decisiones, sistemas legales tradicionales, costumbres y prácticas, e instituciones, y de tener los medios para hacerlo, sin injerencias ni intentos de influir en su composición o posiciones ni sufrir ningún tipo de presión y coerción. En este sentido, el principio del consentimiento libre, previo e informado (CLPI) es relevante para orientar la forma en que debe abordarse un proceso que conduzca al establecimiento de un acuerdo. Este principio representa el estándar mínimo y, cuando se aplica íntegramente, puede dar mayor legitimidad y fortaleza al instrumento logrado.

Además, el estudio identificó las condiciones y los obstáculos para la implementación efectiva de tales instrumentos. Algunas condiciones esenciales son el entendimiento común y la buena fe en la interpretación de tales instrumentos, mientras que algunas dificultades encontradas corresponden a la falta de medios técnicos y financieros, la voluntad política y la consonancia con otras regulaciones.

El estudio abordó la necesidad de contar con mecanismos apropiados que respalden el proceso de negociación y establecimiento de acuerdos, se dediquen a supervisar y hacer cumplir su implementación, y puedan manejar y resolver conflictos a través de la enmienda y subsanación de agravios cuando estos acuerdos se infrinjan o no se implementen a cabalidad. Cuando las disputas relacionadas con presuntos incumplimientos de tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos no se resuelvan en la jurisdicción interna, el estudio reiteró la recomendación del ex Relator Especial (1999) y las efectuadas en los tres seminarios de expertos de la ONU, que incluyen las recomendaciones para establecer un mecanismo internacional que maneje disputas relacionadas con tratados, acuerdos y arreglos constructivos, y para instaurar un departamento u organismo internacional que registre y publique todos los tratados celebrados entre los pueblos indígenas y los Estados, con la debida atención a asegurar el acceso a las versiones orales indígenas de esos instrumentos.

Durante el periodo de sesiones, los participantes abordaron las recomendaciones e inquietudes presentes en el estudio, como la necesidad de incluir una mejor práctica para mecanismos eficaces de financiamiento, por ejemplo, organismos de financiamiento independientes. A su vez, otras se centraron en la importancia de implementar los acuerdos constructivos existentes firmados con los pueblos indígenas. También, se le solicitó al MEDPI que prestara especial atención a la importancia de una mayor presencia de mujeres y niñas indígenas en dicho estudio. Además, los participantes señalaron que el estudio constituía una herramienta importante para la justicia y, como tal, las iniciativas de verdad y reconciliación podrían mencionarse en el estudio como ejemplos de acuerdos constructivos que allanan el camino para reconstruir la confianza, la cooperación y las relaciones entre naciones.

Los participantes mencionaron que el estudio contiene referencias a los acuerdos de paz en algunos de los países seleccionados, lo que no se abordó en profundidad. Por lo tanto, se le solicitó al MEDPI que realice un estudio y un informe por separado sobre los convenios y acuerdos de paz en situaciones de conflicto y posconflicto que involucren o afecten a los pueblos indígenas.

Los participantes indígenas también se centraron en la necesidad de exigir a la ACNUDH que promueva un repositorio internacional de tratados de los pueblos indígenas para garantizar el acceso a los textos relevantes de todas las partes, incluidos aquellos que involucren el espíritu y la intención originales tal como los conciben los pueblos indígenas en cuestión. Los participantes pidieron trabajar con la Oficina del Alto Comisionado para organizar un cuarto seminario sobre tratados en 2023 con el fin de revisar la implementación y las recomendaciones del estudio original sobre tratados de la ONU, los tres seminarios de seguimiento y el estudio actual.

El estudio concluyó con el Asesoramiento del Mecanismo de Expertos N.º 15, que presentó medidas que los Estados, los pueblos indígenas y otras partes interesadas pueden adoptar para cumplir con el artículo 37 de la DNUDPI.

 

Ejecución del mandato de colaboración con los países del MEDPI

Desde el periodo de sesiones de 2021, el MEDPI no ha podido llevar a cabo misiones en virtud de su mandato de colaboración con los países debido a la persistencia de la pandemia de COVID-19. Sin embargo, el MEDPI ha mantenido un diálogo continuo con los solicitantes y los Estados miembros para avanzar en la definición y organización de las actividades de colaboración con los países que se realizarán en 2023.

El MEDPI dio seguimiento a las colaboraciones previas y en curso con los países, incluida la repatriación del objeto espiritual Maaso Kova del Museo Nacional de Cultura Mundial de Suecia al pueblo Yaqui. En mayo de 2022, el museo comunicó la aprobación del gobierno sueco para repatriar el objeto. Posteriormente, la primera fase de la repatriación tuvo lugar el 3 de junio cuando se entregó el objeto a la Embajada de México en Estocolmo con todas las partes interesadas presentes. El Consejo Internacional de Tratados Indios, como solicitante de la colaboración con los países, subrayó la importancia del seguimiento del MEDPI y sus cartas a los gobiernos involucrados, y enfatizó la necesidad de la devolución directa del objeto a su gente.

El representante de Suecia destacó que la orientación calificada y competente del MEDPI durante todo el proceso fue fundamental y muy apreciada por todas las partes suecas implicadas. El representante de México indicó que su involucramiento en la devolución del objeto espiritual ahora está a nivel presidencial, lo que conducirá a la restitución legítima del objeto al pueblo Yaqui.

El MEDPI también dio seguimiento a su colaboración con Finlandia, donde el gobierno y los solicitantes participaron en un evento de lecciones aprendidas sobre la misión del MEDPI de 2018. El presidente del Parlamento Sámi de Finlandia explicó que el MEDPI había proporcionado importantes comentarios sobre las enmiendas propuestas a la Ley del Parlamento Sámi de 1995, con el fin de asegurar que estuvieran en consonancia con la Declaración, y señaló que la propuesta estaba avanzando. El representante del gobierno de Finlandia describió cómo el gobierno continuaría trabajando para renovar la ley.

 

Relaciones con otros mecanismos

El MEDPI considera que la coordinación entre los tres mecanismos de la ONU que velan por los derechos de los pueblos indígenas es crucial para el éxito de todos sus mandatos. Durante su 15.o periodo de sesiones, el MEDPI mantuvo un diálogo interactivo, centrado en la implementación de la DNUDPI, con el presidente del Foro Permanente, el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, un representante de la Junta de Síndicos del Fondo de Contribuciones Voluntarias de la Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas y representantes de dos órganos creados en virtud de tratados, que proporcionaron actualizaciones sobre su trabajo en relación con los derechos de los pueblos indígenas. El MEDPI también organizó una discusión temática acerca de la violencia contra las mujeres indígenas con la participación de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres, sus causas y consecuencias, quien elaboró un informe temático sobre la violencia de género contra las mujeres indígenas.[5]

 

Impacto de los proyectos de desarrollo en las mujeres indígenas        

El panel de discusión del MEDPI sobre el impacto de los proyectos de desarrollo en las mujeres indígenas se centró en las repercusiones, los desafíos y las medidas tomadas por las mujeres indígenas en contextos donde los proyectos de desarrollo están siendo implementados por actores estatales y no estatales sin el CLPI.[6]

En su 15.o periodo de sesiones, el MEDPI propuso que el CDH inste a los Estados a respetar y garantizar el cumplimiento del CLPI con respecto al impacto específico que enfrentan las mujeres indígenas en el contexto de los proyectos de desarrollo en sus territorios. Esta consulta debe realizarse con miras a obtener el CLPI y garantizar el respeto y la plena implementación de los acuerdos que surjan de negociaciones justas y equitativas, si las hubiera. Los Estados deben tomar todas las medidas pertinentes, incluso a través de la legislación, para garantizar que las empresas comerciales en su jurisdicción o desde esta actúen con la debida diligencia y cumplan con todos los derechos humanos, incluidos los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos.

Además, el MEDPI instó al CDH a recomendar que los Estados adopten medidas preventivas, como el fomento del empoderamiento político, social y económico de las mujeres y niñas indígenas, a través de la ratificación de su derecho a la propiedad de la tierra y el control sobre los recursos naturales, particularmente el agua, en sus territorios y su protección ante el despojo, la usurpación de tierras y la contaminación. También se debe exigir a los Estados que presten especial atención y adopten las respuestas y acciones pertinentes sensibles al género para enfrentar tales impactos.

 

Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas

En su 15.o periodo de sesiones, el MEDPI propuso que el CDH aliente a los Estados a que entablen un diálogo continuo y productivo con los pueblos indígenas, académicos, la sociedad civil y otros actores públicos y privados para adoptar y ejecutar el Plan de Acción Mundial de la UNESCO para el Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas, teniendo en cuenta el amplio espectro de los derechos humanos que implican la promoción y el cumplimiento de los derechos de las lenguas indígenas. Esto incluye asegurar el reconocimiento legal de las lenguas indígenas; la elaboración de leyes, normas y programas para la cohesión social; la participación e inclusión de hablantes de lenguas indígenas; y el fomento del uso funcional de las lenguas indígenas en todos los dominios y servicios públicos.

El MEDPI también instó a los Estados a que tomen medidas concretas para la implementación del plan a nivel local y nacional de una manera culturalmente aceptable y en estrecha consulta y cooperación con los pueblos indígenas. Se debe asignar financiación para garantizar la participación plena y significativa de los pueblos indígenas.

 

Actividades para 2023

El MEDPI optó por preparar un estudio para 2023 sobre el estado de los derechos de los pueblos indígenas a nivel mundial respecto del logro de los objetivos de la Declaración, encomendado por el CDH.[7] El estudio se centrará en el tema del impacto de la militarización en los derechos de los pueblos indígenas en consonancia con la DNUDPI. Con este fin, el MEDPI organizó un seminario de expertos los días 5 y 6 de diciembre de 2022. En 2023, el MEDPI también elaborará un informe sobre el establecimiento de mecanismos de supervisión eficaces a nivel nacional y regional para la implementación de la DNUDPI. En este sentido, se organizó un seminario de expertos en febrero de 2023. Ambos informes se discutirán y finalizarán durante el 16.o periodo de sesiones del MEDPI del 17 al 21 de julio de 2023.

 

Represalias contra defensores de derechos humanos, titulares de mandatos y líderes indígenas

El MEDPI enfatizó y recordó que el sistema de la ONU se ha comprometido a garantizar que sus eventos sean instancias en las que todos puedan participar en un ambiente inclusivo, respetuoso y seguro, sin temor a intimidaciones, hostigamientos o represalias de ningún tipo, tal como lo establece claramente el código de conducta para prevenir el acoso, incluido el acoso sexual, en eventos del sistema de las Naciones Unidas.

El MEDPI pidió al CDH que hiciera un llamado a los Estados para que actúen con integridad y respeto hacia todos los participantes que asistan o se involucren en cualquier reunión del MEDPI, y para que garanticen los más altos estándares éticos y profesionales. El MEDPI también instó al CDH a reafirmar enérgicamente que los actos de acoso y represalia son inadmisibles, y que se deben tratar con prontitud.

Además, el MEDPI solicitó al CDH que reitere las preocupaciones y las acciones propuestas que se establecen en las resoluciones A/HRC/42/19 (párrs. 27-28) y A/HRC/48/11 (párrs. 31-32) del Consejo, incluida la inquietud por el aumento de casos de represalias contra los defensores de los derechos humanos de los indígenas, entre otros. También solicitó al CDH que instara a los Estados a adoptar respuestas de emergencia para garantizar la debida protección de los líderes indígenas y sus comunidades, y a abordar todas las denuncias y condenar todas las represalias contra los defensores de los derechos humanos de los indígenas, incluidos los titulares de mandatos de la ONU cuyo trabajo se relaciona con los derechos de los pueblos indígenas y los representantes de los pueblos indígenas que asisten a los periodos de sesiones del MEDPI.

Últimamente, el MEDPI se ha enfrentado a algunos incidentes que podrían catalogarse como actos de intimidación y represalias contra personas y grupos que cooperan o han cooperado con la ONU, sus representantes y mecanismos en el ámbito de los derechos humanos o en el desempeño de su mandato como expertos designados por el CDH. Por ejemplo, el MEDPI planteó preocupaciones relacionadas con la imposibilidad de que la miembro experta del MEDPI, la Sra. Anexa Alfred Cunningham, regresara a su país de origen después del periodo de sesiones de julio de 2022. El MEDPI se comunica regularmente con la Presidencia del CDH con respecto a denuncias de actos de represalia e intimidación cometidos contra personas por su contribución a la labor del MEDPI. El MEDPI no se siente intimidado en modo alguno por estos lamentables actos y seguirá cumpliendo su mandato con firmeza.

Otra cuestión que preocupa al MEDPI es la ausencia de solicitudes de los Estados para comprometerse en el marco de su mandato de colaboración con los países, así como la falta de respuesta de los Estados en relación con las solicitudes de los pueblos indígenas respecto de dichas misiones de colaboración con los países. El MEDPI tiene la intención de continuar el diálogo e invitar a los Estados a su periodo de sesiones de julio de 2023 para compartir sus opiniones sobre cómo facilitar un diálogo más sólido con los Estados en relación con las solicitudes de colaboración con los países.

 

 

Binota Moy Dhamai es el presidente del MEDPI (2022-2023) y miembro representante de Asia. Es un activista indígena jumma-tripura de la región Chittagong Hill Tracts (CHT) de Bangladesh. Su activismo se centra en la paz y los derechos humanos de los pueblos indígenas, incluido el tema de la implementación del acuerdo de paz intraestatal entre el Estado y los pueblos indígenas. Actualmente, es doctorando de la Escuela de Regulación y Gobernanza Mundial (RegNet) de la Universidad Nacional Australiana.

 

Este artículo es parte de la 37a edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que los pueblos indígenas han experimentado. La foto de arriba es de una persona indígena en Tanzania. Esta foto fue tomada por Geneviève Rose, y es la portada de El Mundo Indígena 2023 donde aparece este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2023 completo aquí.

 

 

Notas y referencias 

[1] UNESCO. “El Grupo de Trabajo Mundial para el Desarrollo de un Decenio de Acción para las Lenguas Indígenas”. Disponible en https://es.unesco.org/idil2022-2032/globaltaskforce

[2] Naciones Unidas. Asamblea General. “Tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos, incluidos los acuerdos de paz y las iniciativas de reconciliación, y su reconocimiento constitucional. Estudio del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”. 2022. Disponible en https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22/439/15/PDF/G2243915.pdf?OpenElement

[3] Ibídem. Elaborado de conformidad con el párrafo 2 (a) de la resolución 33/25 del CDH.

[4] Artículo 37: 1) Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos. 2) Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.

[5] Naciones Unidas. Asamblea General. “Violencia contra las mujeres y niñas indígenas. Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Reem Alsalem”. 2022. G2232393.pdf (un.org)

[6] Naciones Unidas. Asamblea General. “Informe anual del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”. 2022. Disponible en https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22/439/09/PDF/G2243909.pdf?OpenElement

[7] En la resolución 33/25, párrafo 2 (a).

Etiquetas: Gobernanza Global

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