El Mundo Indígena 2022: Chile
Desde el censo de 2017, y a pesar de ir en constante aumento desde los años 90, la población indígena no ha tenido mayores variaciones. Se auto identifican como indígena 2.185.792 personas, lo que equivale al 12.8 % de la población total del país (17.076.076). El pueblo Mapuche es el más numeroso (casi 1.800.000 personas), seguido del pueblo Aymara (156.000 personas) y el pueblo Diaguita (88.000 personas)[1]. En la tendencia destaca el incremento sostenido de la población indígena urbana por sobre la rural, que arroja un 87.8 % de miembros indígenas frente a un 12.2 % que habita en zonas rurales[2].
La Ley 19.253 de 1993 sobre Fomento, Protección y Desarrollo de los Indígenas, o “Ley Indígena” no ha sufrido modificaciones a pesar de que urge su reforma para adecuarla a los actuales estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas, como el Convenio 169 OIT, ratificado por Chile en 2008. Además, Chile aprobó la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2016.
Las protestas sociales iniciadas en el país en octubre de 2019 exigiendo cambios institucionales profundos llevaron a aprobar la elaboración de una nueva constitución mediante un plebiscito que se realizó en octubre de 2020. Actualmente, el nuevo texto constitucional se viene elaborando a través de una Convención Constitucional, que cuenta con la representación, a través de escaños reservados, de todos los pueblos legalmente reconocidos en Chile.
Este artículo es parte de la 36ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra mujeres indígenas que se ponen de pie y asumen el mando en la lucha por los derechos territoriales de su comunidad en Jharkhand, India. Fotografiada por Signe Leth, es la portada del Mundo Indígena 2022 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2022 completo aquí
El rol y aporte de las mujeres indígenas
Las mujeres indígenas que habitan Chile cumplen un rol fundamental en el desarrollo social, político y cultural de sus pueblos y naciones, ya sea desde su rol en la transmisión de sus saberes tradicionales, en la revitalización de sus idiomas, en su aporte a la soberanía alimentaria y el cuidado de las semillas, o en su lucha contra el cambio climático, a través de sus conocimientos tradicionales, respecto al manejo y conservación de los bienes comunes. Así como en el rol que desempeñan en el contexto actual de pandemia, donde aportan sus conocimientos en salud y en el uso de las plantas medicinales, y en la activación de redes para el trueque e intercambios solidarios de sus productos.
Asimismo, cumplen un rol importante como defensoras del territorio y del medio ambiente. Por ejemplo, Ercilia Araya, lideresa colla que ha sido criminalizada y hostigada por defender los derechos de su comunidad frente al daño ambiental de diversas mineras canadienses en la región de Atacama[3], logró suspender, en enero de 2022, a través de un recurso judicial la adjudicación de una licitación de litio por afectar el territorio de su comunidad y haber sido realizado sin un proceso de consulta[4]. Por otro lado, la Machi Millaray, líder espiritual mapuche, viene luchando por la protección del Río Pilmaiquén, estrechamente relacionado al Complejo Natural Ceremonial Ngen Mapu Kintuante, ubicado en el sector rural de Maihue-Caramallín, región de Los Lagos y región de Los Ríos, que se encuentra amenazado con la construcción de dos proyectos hidroeléctricos (Osorno y Los Lagos), los cuales fueron autorizados sin un proceso de consulta y sin obtener el consentimiento de las comunidades afectadas[5]. Millaray fue fundamental para lograr que la Corte Suprema en diciembre de 2021 ordenara al Consejo de Monumentos Nacionales realizar un proceso de consulta indígena por la instalación de la hidroeléctrica de Statkraft[6], y en enero de 2022, a través de otro recurso judicial, ordenara a la Cooperación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) resolver la reivindicación de territorio sobre el Complejo Natural Ceremonial que han interpuesto las comunidades afectadas[7].
Las mujeres indígenas también ejercen una activa participación política en sus territorios, comunidades, organizaciones y en la política nacional, donde cada vez están más presentes para denunciar el despojo de sus territorios, la defensa del agua y los bienes comunes, y las políticas extractivas, neoliberales y patriarcales del Estado. Ejemplo de ello, es la importante presencia que tuvieron en las movilizaciones sociales a raíz del estallido social del 18 de octubre 2019 y el posterior debate para la elaboración de una nueva constitución a través de una Asamblea Constituyente, donde señalaron que las políticas extractivas del gobierno son también una forma de violencia que se ven obligadas a vivir a diario. Estas políticas afectan no solo sus territorios, sino también sus formas de vida, al ser las encargadas de transmitir la cultura y las tradiciones a las nuevas generaciones, como el cuidado de la naturaleza, la protección de plantas medicinales, la soberanía alimentaria y los sitios de significación cultural[8].
En este contexto, el rol de las mujeres indígenas empieza a relevar su real importancia, no solo por el hecho histórico que significa que de los 17 escaños reservados para los y las representantes indígenas, nueve de ellos son para mujeres indígenas, sino que además haya resultado electa para presidir la Convención una mujer mapuche, la Dra. Elisa Loncón. Y que actualmente la participación y aportes de las mujeres indígenas siga siendo fundamental al trabajo de la Convención Constitucional, como se puede apreciar en las diversas “iniciativas de normas de pueblos originarios” que han presentado diferentes colectivos de mujeres indígenas buscando garantizar sus derechos en la nueva carta fundamental: como el derecho a vivir una vida libre de violencias, exigiendo al Estado el deber de prevenir, sancionar, reparar y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres indígenas, especialmente aquellas que sean producto de la desigualdad estructural. Garantizar una educación indígena con enfoque antirracista, que permita educarse en un espacio libre, sano y sin violencia. El derecho a la participación de las mujeres indígenas garantizando la implementación de criterios de representatividad y paridad que permitan asegurar la participación efectiva de la mujer indígena en cargos políticos y dentro de sus comunidades. La creación de tribunales indígenas con perspectiva de género. Garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las personas pertenecientes a naciones originarias de acuerdo a las costumbres de cada pueblo. Reconocer y promover la producción alimentaria, junto a la distribución y consumo de alimentos, entre otras importantes iniciativas.
Sin embargo, a pesar de estos aportes vitales, las mujeres indígenas son quienes afrontan las mayores desigualdades sociales y brechas de género en el país, debido a la intersección que existe por ser mujer e indígena. Lo que se aprecia, por ejemplo, en mayores barreras en el acceso a la justicia, a la educación y a la salud de calidad. Además, por ser quienes afrontan mayores situaciones de discriminación y violencia, que se manifiestan, entre otros, en tasas de pobreza por ingresos y multidimensional que se acercan respectivamente al 18 % y al 30 % frente al 11 % y 20 % de las mujeres no indígenas[9]. Sumado a las condiciones de vulnerabilidad de las mujeres indígenas, el alto porcentaje de hogares con jefatura femenina por pertenencia a pueblos indígenas llega al 44 %[10]. En muchos casos debido a la migración de sus parejas que salen a trabajar lejos, con la consecuente sobrecarga de responsabilidades para las mujeres que quedan solas a cargo de la casa, los hijos, la chacra y los animales.
Esta situación se agrava con las desigualdades de género, que afectan tanto a la mujer indígena como la no indígena, tal como las bajas tasas de participación laboral, que en la zona rural llega al 32.1 % de la tasa de ocupación para las mujeres, frente al 64.7 % de la tasa de ocupación para los varones[11]. Además, cuando las mujeres indígenas rurales pueden acceder al trabajo, la probabilidad que este sea informal, inestable o con bajos ingresos es mayor que en el caso de los hombres, siendo que sus ingresos principales derivan de actividades vinculadas con la agricultura y el comercio. A esto se suma la violencia hacia las mujeres, que aún existe y afecta las relaciones de complementariedad entre los géneros. Además de ser quienes asumen la mayor cantidad de tareas de cuidado y crianza.
Es por ello, que las mujeres indígenas vienen levantando cada vez más su voz y presentando sus aportes, problemáticas y realidades. Siendo el actual proceso constituyente en desarrollo una oportunidad para avanzar en superar las brechas que enfrentan y para garantizar sus derechos y los derechos de sus pueblos. Así como para aportar en general a la construcción de un nuevo país, porque avanzar hacia el buen vivir para todos los pueblos no puede concebirse sin el bienestar de todas las mujeres.
Los pueblos indígenas en el proceso constituyente
La revuelta social de octubre de 2019, junto con cuestionar la persistencia de la institucionalidad constitucional de la dictadura y las exclusiones e inequidades a que dio lugar, puso en tela de juicio el modelo de relacionamiento histórico del Estado con los pueblos originarios. Ello posicionó la demanda de estos pueblos por la reconfiguración de Chile como un Estado plurinacional e intercultural, así como el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos originarios, en especial el derecho al territorio y a la libre determinación.
Producto de la articulación de los pueblos originarios, lograron la inclusión de 17 representantes de escaños reservados en la Convención Constitucional: siete para el pueblo Mapuche, dos para el pueblo Aymara, y uno para cada uno de los demás pueblos reconocidos en la ley- del total de 155 convencionales electos en mayo de 2021. Tras la aplicación de las normas de corrección de paridad, los pueblos indígenas quedaron representados por nueve mujeres y ocho hombres. Aunque se trata de una representación inferior a la demografía indígena (12.8 % de la población total) y que no se consideró al pueblo tribal afrodescendiente reconocido por ley en 2020, constituyó un hito histórico: será la primera vez que los pueblos indígenas en el país participan, junto al pueblo chileno, en la elaboración de una carta fundamental para establecer nuevas bases de convivencia interétnica e intercultural.
La Convención Constitucional (CC) fue constituida el día 4 de julio, siendo una convencional mapuche, Elisa Loncón, electa entre sus pares para asumir el rol de presidenta de esta entidad, lo que dio cuenta del protagonismo de estos pueblos en el proceso constituyente.
Desde el inicio del funcionamiento de la CC, las temáticas relativas a los derechos de los pueblos indígenas cobraron gran relevancia, tanto en el ámbito formal como sustantivo. En el primer ámbito destaca el hecho de que se conformara una Comisión Provisoria sobre Participación y Consulta Indígena, órgano encargado de generar las propuestas reglamentarias relativas a la participación y consulta de los pueblos indígenas en el proceso[12]. Ello se tradujo en la materialización del Reglamento sobre la materia[13], cuyo artículo 2° tiene por objeto “establecer los mecanismos pertinentes, permanentes, vinculantes y continuados de participación y consulta indígena, que permitan a los pueblos y naciones indígenas preexistentes al Estado, presentar propuestas, recomendaciones y establecer acuerdos para ser debatidas en la etapa de deliberación del proceso constituyente”. El Reglamento acoge de manera explícita como fuentes normativas para llevar adelante dicha misión el derecho propio o consuetudinario de los pueblos originarios, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, el Convenio Nº 169 de la OIT, entre otros instrumentos internacionales. Además, acoge la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; las observaciones y recomendaciones de los Comités de Tratados de Derechos Humanos y de las Relatorías Especiales de Derechos Humanos de Naciones Unidas; y las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (artículo 7).
El mismo Reglamento considera la realización de la consulta indígena constituyente, y diversas instancias de participación como la “iniciativa de normas de pueblos originarios”, a objeto de permitir a las organizaciones indígenas generar propuestas de textos constitucionales para ser debatidas por la Convención Constitucional. Para velar por la implementación del proceso de participación y consulta de este proceso, se consideró la conformación de la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad. Uno de los principales problemas que ha enfrentado dicha Comisión para la implementación del proceso de consulta indígena, ha sido los acotados tiempos de la constituyente en general, que permitirán disponer solo de dos meses para su realización. Ello además del reducido presupuesto considerado para tal fin.
En lo sustantivo, cabe relevar la inclusión de los pueblos indígenas y de sus derechos en el Reglamento General de la CC. Así en su artículo 1 esta es definida como “una asamblea representativa, paritaria y plurinacional, de carácter autónomo, convocada por el pueblo de Chile para ejercer el poder constituyente originario”. A ello se agrega la inclusión de los derechos de autonomías, territorios, bienes comunes, pluralismo jurídico de pueblos indígenas, entre otros, en propuestas de normas elaboradas en las comisiones temáticas de la CC, cada una de las cuales cuenta con la participación de al menos dos representantes de escaños reservados indígenas. Además, dichos representantes han presentado una serie de iniciativas constituyentes relativas a los derechos de los pueblos indígenas y desde los propios pueblos indígenas se han presentado 248 iniciativas de normas a la CC, las cuales entrarán al debate constitucional[14]. Todo ello hace prever que estos derechos, así como la plurinacionalidad, estarán considerados en el texto constitucional elaborado por la CC a ser plebiscitado durante el 2022.
Minería y pueblos indígenas del norte
En abril de 2020, el Consejo de Defensa del Estado demandó a la empresa Minera Escondida Limitada (operada por BHP Billiton) por daño ambiental generado en el Salar de Punta Negra, Región de Antofagasta, debido a la extracción de agua fresca durante 27 años utilizada para llevar a cabo sus faenas relacionadas a la producción de cobre. Al respecto, los actores involucrados, -empresa, Estado, Consejo de Pueblos Atacameños y la Comunidad Atacameña de Peine-, arribaron a un acuerdo de conciliación por la suma de US$ 81 millones, monto destinado exclusivamente a financiar las 19 medidas establecidas. El acuerdo fue aprobado por el Primer Tribunal Ambiental poniendo fin al litigio; además estableció la creación de una Mesa de Gobernanza Socioambiental de la Subcuenca del Salar en mención y sectores aledaños —que estará integrada por todos los actores involucrados —, y un plan medioambiental para la recuperación del ecosistema. A pesar de ser un acuerdo inédito han surgido ciertas críticas en cuanto a la factibilidad y oportunidad de las medidas, atendiendo el severo daño ya generado sobre los acuíferos y las pérdidas de sus servicios ecosistémicos[15].
Por otro lado, durante 2021 la empresa Minera Escondida Limitada recibió otro revés: el Primer y Segundo Tribunal Ambiental resolvieron prohibir completamente la extracción de agua dulce a pesar de los permisos concedidos de forma previa para el desarrollo del proyecto Cerro Colorado, por el deterioro constante causado en el sistema lagunar Huantija y el bofedal Lagunaillas (Región de Tarapacá), tal como lo reclamaron las comunidades indígenas afectadas, en particular la Asociación Indígena San Isidro de Quipisca y la Comunidad Indígena Aymara de Cancosa[16].
Por su parte, cabe hacer mención a la industria y producción del litio en Chile, que al igual que la extracción de otros minerales y bienes naturales en el norte del país, no cesaron a pesar del contexto de pandemia por el COVID-19 que conllevó severas restricciones a la libertad ambulatoria, y los numerosos contagios suscitados al interior de sus faenas y en comunidades indígenas aledañas. Es más, algunas empresas ligadas al rubro minero metálico y no metálico mantuvieron o aumentaron su producción durante el último período fiscal (2020-2021), asimilándola a tiempos prepandémicos. Además, tal industria se ha visto favorecida por el incremento de los precios a nivel global (en particular el cobre), y la demanda de China de materias primas para el desarrollo de nuevas tecnologías que va en exponencial aumento[17]. Durante octubre de 2021, el gobierno del Presidente Piñera inició formalmente un proceso de licitación para la exploración y explotación de litio en los salares del norte del país por un total de 400.000 toneladas. Dicha decisión generó un debate entre el sector empresarial, el gobierno de turno, la academia y comunidades indígenas. Al respecto, parece del todo contraproducente llevar a cabo dichas licitaciones en el contexto del proceso constituyente, donde se debaten las nuevas bases de la institucionalidad ambiental, la propiedad de los bienes naturales, y restituciones de tierras y territorios a los pueblos indígenas. A su vez, la licitación se produce a pocos meses de la entrada del nuevo gobierno de Gabriel Boric, quien ha sostenido en su programa la creación de una empresa nacional del litio y pretende implementar políticas públicas en dicha materia diversas a las impulsadas por administraciones anteriores que apuntan a la explotación por entes privados y extranjeros. Finalmente, y a pesar de tales consideraciones, y la acérrima oposición de los pueblos y comunidades afectadas, el gobierno de Piñera en enero de 2022, a dos meses de abandonar su cargo, adjudicó dos licitaciones a las empresas BYD (china) y Servicios y Operaciones Mineras del Norte (chilena), por 80.000 toneladas cada una. No obstante, el proceso quedó suspendido mientras los tribunales revisen los recursos impetrados[18].
La industria salmonera y su impacto en los derechos de los pueblos indígenas
La industria salmonera comenzó a desarrollarse en Chile en 1969, bajo un convenio de cooperación con el Gobierno de Japón. Tras más de 50 años de crecimiento, con apoyo del Estado, esta industria alcanza hoy gran relevancia en la economía nacional y a nivel mundial, representando cerca del 30 % de la producción global y ocupando el segundo lugar de la producción de salmón después de Noruega. En Chile, concentra su producción principalmente en la Patagonia, entre las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes, donde encuentra las condiciones óptimas para su desarrollo. Sin embargo, se emplaza a la vez en un espacio que alberga una gran biodiversidad, terrestre y marina, siendo también territorio de uso y ocupación tradicional de los pueblos mapuche (Lafkenche y Williche), y los Kawésqar y Yagán. En consecuencia, la expansión de esta industria y sus prácticas generaron crecientes hechos socioambientales críticos, que han ido alertando sobre sus impactos en los derechos humanos.
En este contexto, a fines de 2021 se presentó el Informe Industria Salmonera en Chile y Derechos Humanos[19], que presenta los resultados de un estudio elaborado entre el Instituto Nacional de Derechos Humanos y el Instituto Danés de Derechos Humanos. Desde una perspectiva de derechos humanos y basado en los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, el estudio analiza y documenta los impactos de la salmonicultura en el medio ambiente, las comunidades locales y los trabajadores.
Entre los impactos en los derechos de pueblos indígenas, los principales hallazgos dan cuenta de una serie de derechos consagrados por la Declaración de las Naciones Unidas y el Convenio 169 de OIT que están siendo vulnerados. Entre ellos, se señala que “existe la percepción de que Estado y empresas comprenden el desarrollo de una manera muy diferente a los pueblos indígenas –e imponen esa manera de comprenderlo–, lo que pone en riesgo el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y a perseguir libremente su desarrollo económico, social y cultural”. En síntesis, las vulneraciones se encuentran especialmente en materia de tierras, territorios y recursos naturales, existiendo destrucción de sitios de significación cultural y espiritual, falta de consulta y participación en cuestiones que les son susceptibles de afectación, ocupación de la industria salmonera de sus territorios, contaminación de sus recursos, entre otros.
A pesar de los impactos evidenciados por este estudio y de los innumerables esfuerzos –de organizaciones de la sociedad civil y de los pueblos indígenas afectados– por frenar los avances de esta industria[20], a pocas semanas de dejar el cargo, el Presidente Piñera puso suma urgencia a la tramitación de la iniciativa que crea las “concesiones acuícolas sustentables”[21], y que tiene por “finalidad enfrentar la problemática sobre la interacción de la acuicultura con las áreas protegidas”. De ser aprobada, afectará especialmente a comunidades kawésqar, ya que como señala en su texto, en la región de Magallanes “(…) el único espacio libre para el desarrollo de la acuicultura es la Reserva Nacional Kawésqar”, área protegida que se emplaza sobre territorio ancestral de dicho pueblo. Está por verse cómo el nuevo gobierno abordará esta problemática.
Lorena Arce, José Aylwin, Marcel Didier, Hernando Silva y Karina Vargas, integrantes del Observatorio Ciudadano (www.observatorio.cl).
Este artículo es parte de la 36ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra mujeres indígenas que se ponen de pie y asumen el mando en la lucha por los derechos territoriales de su comunidad en Jharkhand, India. Fotografiada por Signe Leth, es la portada del Mundo Indígena 2022 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2022 completo aquí
Notas y referencias
[1] Instituto Nacional de Estadística.. Síntesis de resultados Censo 2017. 2018. https://www.censo2017.cl/descargas/home/sintesis-de-resultados-censo2017.pdf
[2] Ibídem.
[3] Observatorio Ciudadano.Ercilia Araya: la lideresa Pai- Ote Criminalizada por luchar contra las mineras canadienses en Chile. Observatorio Ciudadano, 16 de diciembre de 2019. https://observatorio.cl/ercilia-araya-la-lideresa-pai-ote-criminalizada-por-luchar-contra-las-mineras-canadienses-en-chile/
[4] "Nuevo revés judicial del gobierno en licitación del litio a transnacionales: Corte de Copiapó no acoge recursos presentados por Ministerio de Minería". Araucaína Cuenta, 2022. https://www.araucaniacuenta.cl/nuevo-reves-judicial-del-gobierno-en-licitacion-del-litio-a-transnacionales-corte-de-copiapo-no-acoge-recursos-presentados-por-ministerio-de-mineria/
[5] Machi Millaray Huichalaf. “Tras 10 años de lucha: Un triunfo jurídico de las comunidades que defienden el río Pilmaiken”. El Desconcierto, 5 de febrero de 2020. https://www.eldesconcierto.cl/opinion/2020/02/05/tras-10-anos-de-lucha-un-triunfo-juridico-de-las-comunidades-que-defienden-el-rio-pilmaiken.html
[6] Paula Huenchumil. "Corte Suprema ordena al Consejo de Monumentos hacer consulta indígena por instalación de hidroeléctrica de Statkraft". Interferencia, 9 de diciembre de 2021.https://interferencia.cl/articulos/corte-suprema-ordena-al-consejo-de-monumentos-hacer-consulta-indigena-por-instalacion-de
[7] “Falta de diligencia de la CONADI ante la solicitud de reivindicación de territorio ceremonial mapuche-williche, que una empresa transfirió a título gratuito a una sola comunidad indígena, vulnera la igualdad ante la ley, al preferir a una de las solicitantes”. Diario Constitucional, 24 de enero de 2022. https://www.diarioconstitucional.cl/2022/01/24/falta-de-diligencia-de-la-conadi-ante-la-solicitud-de-reivindicacion-de-territorio-ceremonial-mapuche-williche-que-una-empresa-transfirio-a-titulo-gratuito-a-una-sola-comunidad-indigena-vulnera-la-i/
[8] Millaray Painemal. “Mujeres Mapuche y sus luchas por un buen vivir para todos y todas”. Le Monde Diplomatique, 9 de enero de 2020. https://www.lemondediplomatique.cl/mujeres-mapuche-y-sus-luchas-por-un-buen-vivir-para-todos-y-todas-por-millaray.html
[9] Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural. Quiénes son las mujeres indígenas en Chile. Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural, 31 de octubre de 2017. https://www.rimisp.org/noticia/quienes-son-las-mujeres-indigenas-en-chile/
[10] Observatorio Social. Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (Casen) 2017. Ministerio de Desarrollo Social y Familia. http://observatorio.ministeriodesarrollosocial.gob.cl/encuesta-casen-2017
[11] Ibídem.
[12] La que recibió a 69 comunidades y personas naturales a las 22 sesiones realizadas, durante la tramitación de la propuesta, quienes expusieron sus visiones respecto a la importancia de la participación y consulta indígenas.
[13] Ver: https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2021/10/Reglamento-definitivo-Participacio%CC%81n-y-Consulta-Indi%CC%81gena-diciembre-2021.pdf
[14] Ver: https://plataforma.chileconvencion.cl/m/iniciativa_indigena/
[15] Michelle Carrere. "Chile: ¿es muy tarde para salvar el salar de Punta Negra?". Mongabay, 28 de junio de 2021. Disponible en: https://es.mongabay.com/2021/06/chile-salvar-el-salar-de-punta-negra/.
[16] Causa Rol R-39-2020, Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta. https://causas.1ta.cl/causes/175/expedient/3442/books/118/?attachmentId=5823, y Causa Rol R-141-2017 (acumulada Causa Rol R-142-2017): http://2ta.lexsoft.cl/2ta/search?proc=4.
[17] Codelco. Codelco genera US$ 3.675 millones de excedentes, casi diez veces más que el primer semestre del año pasado. Codelco, 30 de julio de 2021. https://www.codelco.com/codelco-genera-us-3-675-millones-de-excedentes-casi-diez-veces-mas-que/prontus_codelco/2021-07-30/103606.html.
[18] "Justicia chilena suspende polémica licitación de litio". DW, 14 de enero de 2022. https://www.dw.com/es/justicia-chilena-suspende-pol%C3%A9mica-licitaci%C3%B3n-de-litio/a-60432446.
[19] Instituto Nacional de Derechos Humanos. Informe Industria Salmonera en Chile y Derechos Humanos. Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2021. Disponible en: https://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/1739
[20] Por ejemplo, un reciente fallo de la Corte Suprema acogió un recurso de protección de comunidades indígenas y ONG en contra de relocalización de centros de cultivo de salmones en la Reserva Nacional Kawésqar por falta de un proceso de participación ciudadana antes de aprobar los proyectos. Ver: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/68596
[21] Proyecto de Ley Boletín Nº 14811-21. https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15302&prmBOLETIN=14811-21
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