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Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Defensores del Medio Ambiente

El mandato del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los defensores medioambientales se establece en el marco del Convenio sobre el acceso a la información, la participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos de medio ambiente (Convenio de Aarhus). Este Convenio es un instrumento internacional de democracia ambiental abierto a la adhesión de cualquier Estado miembro de la ONU. Actualmente, cuenta con 47 partes, que incluye 46 Estados y la Unión Europea.

En octubre de 2021, la Reunión de las Partes del Convenio de Aarhus adoptó por consenso la Decisión VII/9, mediante la cual se estableció un mecanismo de respuesta rápida a través de un Relator Especial sobre defensores medioambientales para abordar casos relacionados con el artículo 3(8) del Convenio. Dicho artículo impone una obligación jurídicamente vinculante a las partes para garantizar que los defensores medioambientales no sean penalizados, perseguidos ni acosados por ejercer los derechos que les otorga el Convenio.

El papel del Relator Especial consiste en adoptar medidas para proteger a los defensores medioambientales que sean víctimas de persecución, penalización o acoso, o que se encuentren bajo una amenaza inminente de sufrir estas represalias. Se trata del primer mecanismo diseñado específicamente para salvaguardar a los defensores medioambientales dentro de un marco jurídicamente vinculante, ya sea en el sistema de las Naciones Unidas u otra estructura intergubernamental.

Dentro del territorio de los Estados partes del Convenio de Aarhus, el Relator Especial puede intervenir en casos de penalización, persecución o acoso cometidos por actores públicos o privados. Fuera de dicho territorio (por ejemplo, en América Latina, Asia-Pacífico o África), el Relator puede tratar casos en los que la penalización, la persecución o el acoso haya sido perpetrado por una entidad estatal o una empresa de propiedad estatal de un Estado parte del Convenio de Aarhus, o bien por empresas privadas cuya sede se encuentre en un Estado parte.

Cualquier persona puede presentar una denuncia ante el Relator Especial, ya sea en su nombre o en representación de una víctima. Para ello, se encuentra disponible un formulario de denuncia en su página web, el cual debe ser completado y enviado junto con cualquier evidencia que respalde el caso, a fin de que el asunto sea remitido a quien corresponde.

El Relator Especial es elegido por un período de cuatro años, que abarca el intervalo entre dos Reuniones de las Partes del Convenio de Aarhus, y puede ser reelegido una vez.

El Mundo Indígena 2025: Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Defensores del Medio Ambiente en Virtud del Convenio de Aarhus

El mandato del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los defensores medioambientales se establece en el marco del Convenio sobre el acceso a la información, la participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos de medio ambiente (Convenio de Aarhus).[1] Este Convenio es un instrumento internacional de democracia ambiental abierto a la adhesión de cualquier Estado miembro de la ONU. Actualmente, cuenta con 47 partes, que incluye 46 Estados y la Unión Europea.[2]

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