Protocolos autonómicos de Consulta Previa

A casi 30 años de su consagración en el Convenio 169 de la OIT, la Consulta Previa (CP) atraviesa por una crisis de legitimidad y eficacia que se explica porque no ha logrado cumplir el objetivo de garantizar los derechos fundamentales e integrales de los pueblos indígenas.
Por el contrario, en numerosas ocasiones este derecho se ha instrumentalizado y utilizado como un simple mecanismo para legitimar decisiones e intervenciones que amenazan los territorios, sociedades y culturas ancestrales,
distorsionando así su núcleo esencial que consiste en salvaguardar los derechos garantizados a estos pueblos en el derecho internacional y nacional. Es así como, hoy en día, la Consulta Previa carece de fuerza vinculante y de capacidad para generar
verdaderos escenarios de interculturalidad y fortaleza comunitaria, quedando casi reducida a un mero requisito formal.