El Mundo Indígena 2009: Editorial

El Mundo Indigena 2009

 En 2008 IWGIA celebró su 40 aniversario. Revisando los 40 últimos años, pensamos que hemos podido contribuir a la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y a la mejora de su situación, en especial documentando su situación y sensibilizando sobre las cuestiones indígenas en distintos foros. Pero como nos recuerdan permanentemente las contribuciones a El Mundo Indígena, nos enfrentamos aún a muchos problemas.1

En los pasados 40 años se han producido varios acontecimientos positivos, muchos de ellos recogidos en El Mundo Indígena pero, por desgracia, la gran mayoría de los artículos en nuestro anuario siguen reflejando graves violaciones de los derechos humanos en todo el mundo y aún somos testigos de amenazas, desapariciones y asesinatos de representantes indígenas y defensores de los derechos indígenas. Por ejemplo, El Mundo Indígena 2009 nos habla de que James Balao, activista indígena de ascendencia Kankana’ey e Ibaloi de las Filipinas, sigue desaparecido.

Pero veamos primero algunos de los aspectos más positivos. En África, 2008 ha visto un reconocimiento gradual de los derechos de los pueblos indígenas en algunos países. En Burundi, por ejemplo, los batwa celebraron en Día Internacional de los Pueblos Indígenas con un taller sobre su situación. El taller lo inauguró el ministro de Solidaridad Nacional, Derechos humanos y Género. En noviembre se finalizó una evaluación de la situación de los batwa en relación con las tierras. Aunque la situación general de los derechos humanos en Burundi sigue siendo precaria, en especial la de los batwa, estos hechos muestran una apertura hacia las cuestiones indígenas que debe tenerse en cuenta. Burundi ha demostrado también su creciente aten-ción a la población Batwa señalando en su presentación en la 3ª sesión del Examen Periódico Universal (EPU) en Ginebra, en diciembre de 2008: “...la Constitución garantizó al grupo étnico Batwa tres escaños en la Asamblea Nacional y en el Senado y está en marcha un amplio programa gubernamental, con apoyo de ONG y de iglesias, para integrar de forma efectiva a los batwa en la sociedad ruandesa”.2 En Camerún, el proyecto de ley sobre poblaciones marginadas es favorable a los pueblos indígenas del país y trata de temas tan sensibles como la propiedad de la tierra, la cultura y los derechos sociales. El Gobierno se comprometió también oficialmente, por primera vez, a celebrar el Día de los Pueblos Indígenas del Mundo y en las celebraciones estuvo representado por el Ministro de Asuntos Sociales.

En Japón, los pueblos indígenas han sido finalmente reconocidos al adoptar el Congreso una resolución pidiendo el reconocimiento de los ainu como el pueblo indígena de Japón. Aunque quedan aún muchos desafíos (véase el artículo en este volumen), esto puede considerarse como una consecuencia lógica del voto de Japón a favor de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (Declaración), adoptada por la Asamblea General de la ONU en 2007. Cabía esperar que muchos otros países siguieran este ejemplo pero, por desgracia, Asia y África siguen siendo continentes en los que los pueblos indígenas aún luchan por ser reconocidos como pueblos distintos a pesar de que la mayoría de esos países votaron a favor de la Declaración. De hecho, sólo dos países en Asia, además de Japón, reconocen a los pueblos indígenas dentro de sus fronteras: Filipinas y Taiwán.3

Mientras que algunos países están por fin reconociendo a sus pueblos indígenas, otros han dado pasos para reparar su pasado colonial. El 13 de febrero, Australia, bajo el nuevo Gobierno, presentó la disculpa tanto tiempo esperada por las atrocidades e injusticias cometidas contra los aborígenes. Este es un paso importante en la historia de Australia, ya que abre la puerta a mayores avances para la reconciliación. En Paraguay, el recién elegido Gobierno ha comenzado a tomar algunas medidas positivas para responder a las reclamaciones territoriales de los pueblos indígenas, aunque se tiene que hacer mucho más para garantizar los derechos de estos pueblos en el país. Durante una audiencia pública sobre “Los pueblos indígenas y la dictadura”, organizada por la Comisión de Verdad y Justicia (CVJ) y la Coordinadora de Derechos Humanos de Paraguay, se escucharon las declaraciones de más de 50 testigos de diversos pueblos indígenas que denunciaron las graves violaciones de derechos humanos, incluidos el genocidio, asesinatos, trabajo forzoso, etc., cometidas a lo largo de más de 60 años.4 Como señalan los artículos sobre ambos países, sólo el tiempo dirá si los Gobiernos utilizarán las experiencias y la reconciliación con el pasado y si tienen verdaderas intenciones de traducirlas a acciones concretas y a la aplicación de los derechos indígenas.

A pesar de las buenas noticias, sigue siendo doloroso leer sobre tan-tos abusos graves de sus derechos que sufren aún los pueblos indígenas en todo el mundo. Todos los años, el artículo sobre India de El Mundo Indígena informa sobre las graves violaciones de los derechos humanos de los pueblos indígenas (llamados tribus registradas) en el país. También este año el artículo nos habla de los asesinatos de hombres, mujeres y niños inocentes, víctimas de las fuerzas de seguridad y de los grupos armados de oposición, y del profundo sufrimiento provocado por los conflictos armados internos. Además, el Gobierno continúa desplazando forzosamente a la población tribal de sus tierras sin proporcionarles tierras alternativas en las que asentarse y sobrevivir. El desplazamiento se suele producir en nombre del desarrollo o dentro del ámbito de la protección y gestión de los bosques, pero puede estar también causada por los conflictos.

En las colinas de Chittagong, en Bangladesh, los colonos bengalíes, con apoyo de las fuerzas militares y policiales, siguen perpetrando ataques a gran escala sobre las aldeas indígenas jumma para expulsarlos de sus tierras tradicionales. Las colinas son reconocidas como región “habitada por tribus”, con ciertos derechos de autogobierno, en el Acuerdo de Paz de 1997 firmado por el Gobierno de Bangladesh y el movimiento político indígena Parbattya Chattagram Jana Sanghati Samiti (PCJSS) después de dos décadas de guerra civil y años de conversaciones de paz. Lamentablemente, el no cumplimiento pleno de todas las disposiciones del Acuerdo de Paz significa que la región sigue estando fuertemente militarizada y la influencia de los colonos continúa, presuntamente bajo la protección activa de la burocracia civil-militar y política. Así, los pueblos indígenas de Chittagong siguen estando severamente marginados, desposeídos y sujetos a graves violaciones de los derechos humanos, como ejecuciones extrajudiciales, arrestos arbitrarios, violaciones, tortura, etc. Los defensores de derechos humanos y los activistas indígenas en las colinas de Chittagong se enfrentan a especiales dificultades, ya que varios son perseguidos para ser arrestados e interrogados.5 En este contexto, el reestablecimiento de la Comisión Internacional sobre las Colinas de Chittagong en junio de 2008 es una iniciativa sin duda muy necesaria y oportuna para promover el respeto a los derechos humanos, la democracia, el desarrollo participativo y la resolución pacífica de cuestiones relativas a los derechos territoriales en la zona. 

En muchos países de África, los pueblos pastoralistas siguen enfrentándose a una actitud general negativa y a la discriminación por parte de la población mayoritaria y de los Gobiernos africanos. En Burkina Faso, por ejemplo, los pastores peul son asesinados simplemente por su procedencia étnica y las llamadas “cacerías peul” (refe-ridas a cacerías humanas) se están haciendo más frecuentes. En 2008 se han producido varias masacres de peul, con hombres, mujeres y niños entre sus víctimas. El Estado ignora la cuestión, negándose a reconocer el origen étnico del problema. Los asesinatos de pastores peul se producen también con total impunidad en Níger. Además, la población civil pastoralista tuareg sufre del empobrecimiento y la inseguridad debido al conflicto entre el Estado y rebeldes tuareg en el norte de Níger. En Tanzania, las expulsiones de pastoralistas han continuado durante 2008. Se les arroja de sus tierras para cultivar trigo o para arrendarlas a inversores privados. Los masai, barabaig y akiye desplazados no son compensados por la pérdida de sus pastos, ni se les dan otras zonas en las que puedan pastorear su ganado, por lo que muchos se ven ahora totalmente empobrecidos. Las expulsiones forzosas tienen lugar en el contexto de unas políticas gubernamentales generales antipastoralistas, en las que se enfatiza el asentamiento permanente de los pastores nómadas. Los conflictos sobre la tierra y otros recursos naturales están creciendo de forma alarmante en el país y aumentan los asesinatos por este motivo. No se ha respondido a las graves violaciones de los derechos humanos que tuvieron lugar en relación con expulsiones anteriores ni se han publicado las conclusiones de la Comisión de Investigación. Por desgracia, IWGIA ha recibido noticias de nuevas expulsiones de pastoralistas en 2009.6

Otro caso de desplazamiento forzoso es el que se describe en el artículo sobre Israel. Muchos beduinos palestinos se resisten aún al programa de urbanización del Gobierno israelí, un programa de reasentamiento de los beduinos en poblaciones semiurbanas que los hace totalmente dependientes de la integración en la economía general israelí para ganarse la vida. Los beduinos que se lo pueden permitir prefieren vivir en asentamientos no reconocidos, a los que se niega cualquier servicio y en los que está prohibido cualquier tipo de construcción salvo tiendas. En los últimos dos años ha aumentado la demolición de casas de los beduinos palestinos por la unidad paramilitar “Patrulla Verde”. Además en estas acciones se confiscan todas sus pertenencias, incluidos libros escolares, medicinas, etc. La situación de los beduinos palestinos en Israel ha empeorado aún más en el con-texto del conflicto entre Israel y Palestina.

En Perú, las políticas neoliberales del presidente Alan García han originado fuertes protestas del movimiento indígena, que organizó una acción el Día Internacional de los Pueblos Indígenas (9 de agos-to). La manifestación pacífica reunió a miles de indígenas de diferentes regiones del Amazonas y contó con gran solidaridad de parte de la opinión pública. La actitud de Perú es un buen ejemplo de la siempre creciente presión de las compañías petroleras, mineras, de gas y otras sobre las tierras indígenas y de la forma despiadada en que algunos Gobiernos apoyan a dichas compañías. El régimen de Alan García se ha vuelto agresivo contra las organizaciones sociales y la intolerancia del Gobierno se ha traducido en el aumento de las detenciones arbitrarias y los abusos policiales, en amenazas a la libertad de expresión y asociación, en vigilancia y denuncia de los dirigentes ambientalistas y en el uso de la violencia contra civiles. Igualmente Bolivia ha experimentado un violento 2008. Pero aquí la violencia proviene de la oposición (dominada por los intereses empresariales) que se embarcó en una campaña agresiva y racista contra los pueblos indígenas, incluyendo ataques y humillaciones de personas indígenas además de detención y maltrato de un periodista y a un camarógrafo que intentaban documentar la situación de los guaraníes que sufren una esclavitud contemporánea en haciendas de terratenientes en la zona del alto Parapetí. En septiembre, una manifestación pacífica de miembros de la comunidad indígena y campesinos contra la violencia de la oposición en Pando terminó en una masacre en la que murieron 20 personas y hubo muchos heridos, incluidos niños. El presidente anunció el estado de emergencia y el Gobierno condenó la violencia.

Teniendo en cuenta los informes recopilados en El Mundo Indígena esperamos que, en el nivel internacional, el recién establecido grupo de trabajo para el Examen Periódico Universal (EPU) bajo el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDH) considerará seriamente los historiales de derechos humanos de los países bajo examen y que los Estados no temerán plantear preguntas críticas y hacer recomendaciones fuertes. Los derechos de los pueblos indígenas deben incluirse de forma regular en los exámenes de la actuación de los Estados respecto a los derechos humanos, y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas debe considerarse el documento de referencia para dichos exámenes. Deben condenarse las violaciones de derechos humanos como las que hemos descrito y los pueblos indígenas no pueden convertirse en víctimas de la diploma-cia y de los intereses bilaterales y multilaterales.

IWGIA celebra especialmente el establecimiento del Mecanismo de Expertos sobre los derechos de los pueblos indígenas bajo el Consejo de Derechos Humanos. El mandato del Mecanismo de Expertos proporciona oportunidades sin precedentes para que los Estados miembros de la ONU y los pueblos indígenas puedan trabajar juntos para operativizar la Declaración de la ONU y para incorporar los derechos de los pueblos indígenas en el marco del Consejo de Derechos Humanos. Pero esto sólo será posible si hay voluntad política por parte de los Estados de proteger los derechos indígenas y cooperar con estos pueblos.

Con la Declaración como parte de su marco normativo, todo el sistema de derechos humanos de la ONU, pero en particular los mecanismos existentes dedicados a los derechos de los pueblos indígenas, es decir, el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas tendrán nuevas oportuni dades para defender la promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas.

El artículo 42 de la Declaración establece la obligación para todos los relevantes organismos y agencias especializadas de la ONU, de promover el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la Declaración. Lamentablemente, la falta de voluntad de los Estados para aplicar la Declaración se demostró una vez más durante la 14ª Conferencia de las Partes del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) en Poznan, Polonia, en diciembre de 2008. Allí Australia, Nueva Zelanda, Canadá y los Estados Unidos quisieron eliminar toda referencia a la Declaración en el documento final de la COP y utilizar el término “poblaciones” en lugar de “pueblos indígenas”. Con este pequeño cambio consiguieron eliminar la referencia implícita al derecho internacional sobre el derecho de libre determinación de todos los pueblos y a los derechos colectivos de los pueblos indígenas según se recogen en el derecho internacional de derechos humanos, reforzado aún más por la Declaración. Canadá señaló, además, que la Declaración no tiene nada que ver con el cambio climático. Cuestiones como la expulsión de los pueblos indígenas de sus tierras debido a la expansión de plantaciones de biocombustibles, demuestran lo contrario: el cambio climático tiene graves impactos sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas. El Consejo de Derechos Humanos reconoció este extremo cuando decidió considerar el tema de derechos humanos y cambio climático en su décima sesión (marzo de 2009).7 El informe elaborado por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos8 reconoce la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas en relación con los efectos del cambio climático sobre sus tierras, territorios y recursos y las consecuencias de las medidas de mitigación del cambio climático que violan sus derechos, por ejemplo cuando se aprueban plantaciones de agrocombustibles o grandes represas hidroeléctricas sin su participación y cuando no se obtiene su libre consentimiento, previo e informado, para cualquier actividad en sus tierras. Otra gran preocupación es la tendencia hacia la conservación de grandes áreas de bosques tropicales y subtropicales en nombre del cambio climático, es decir, para secuestrar gases de efecto invernadero y limitar así la necesidad de reducir emisiones. Estos planes de conservación se conocen como programas de reducción de emisiones derivadas de la deforestación y de la degradación forestal (REDD por sus siglas en inglés) y, a lo largo de 2008, los pueblos indígenas han defendido con energía que estos programas deben diseñarse de modo que se reconozcan y respeten sus derechos a controlar y gestionar sus bosques tradicionales y a participar en cualquier decisión que les afecte. Como muestra el ejemplo de Indonesia, es otra dura batalla. Tampoco en el contexto de los programas de REDD se están aplicando los derechos contenidos en la Declaración.

Lastimosamente, muchos Estados se refieren aún a la Declaración como un instrumento no vinculante, negando así su fuerza normativa. Pero la Declaración está firmemente enraizada en la autoridad de la Carta de las Naciones Unidas, ya que ha sido adoptada por resolución de la Asamblea General. Tiene además una gran legitimidad:

La Declaración es legítima en tres sentidos: es resultado de un proceso legítimo en su procedimiento; su contenido es sustancialmente justo y mejora la coherencia y determinación de los derechos de los pueblos in-dígenas y, finalmente, ha habido una participación sustantiva en la De-claración.9

Además, la Declaración está siendo invocada cada vez más en sentencias judiciales, como en Belice, donde se devolvieron tierras a los mayas tras una decisión del juez supremo. Su sentencia citaba la Declaración, que afirma que los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que han tradicionalmente poseído, ocupado, utilizado o adquirido. En Surinam hubo una sentencia similar cuando los saramaka presentaron una demanda en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La sentencia fue también favorable a los saramaka y se invocó la Declaración para justificarla. Sin duda la Declaración forma ahora parte del derecho universal de derechos humanos.

La Declaración y su aplicación fueron igualmente el tema principal del primer informe del profesor James Anaya al Consejo de Derechos Humanos como Relator Especial de la ONU sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas. En este importante informe, el profesor Anaya señalaba las distintas medidas que los Estados, los organismos internacionales, la sociedad civil y los propios pueblos indígenas pueden tomar para contribuir a la aplicación efectiva de las normas de derechos humanos contenidas en la Declaración y en otros instrumentos internacionales relevantes de derechos humanos.

El año 2009 comenzó con, al menos, un acontecimiento positivo: Bolivia aprobó por fin su nueva Constitución en un referéndum el 25 de enero de 2009 garantizando muchos derechos y la libre determinación a los pueblos indígenas del país. Esperemos que podamos informar sobre más noticias positivas al final de este año.

 

 

Kathrin Wessendorf

Editora

 

Lola García-Alix

Directora

 

Abril de 2009

 

Este artículo es parte de la 23ª edición de El Mundo Índigena. La publicación es un resumen de los principales acontecimientos que los pueblos indígenas han vivido. Descarga El Mundo Indígena 2009 aquí

 

Notas

1 Véase también: ’IWGIA 40 años después’, Asuntos Indígenas 3-4 / 2008. Copenhague: IWGIA; Dahl, Jens. 2009: IWGIA – a history. Copenhague: IWGIA.

2 Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, Burundi. A/HRC/10/71, 8 de enero de 2009. http://lib.ohchr.org/HRBodies/UPR/Documents/Session3/BI/AHRC1071Burundi_E.pdf

3 Véase también: Erni, Christian (ed). 2008. The Concept of Indigenous Peoples in Asia. A Resource Book. Tailandia: IWGIA y AIPP.

4 Sobre el genocidio en Paraguay véase también: Parellada, Alejandro y María de Lourdes Beldi de Alcántara (eds.). 2008: Los Aché del Paraguay: Discusión de un Genocidio. Buenos Aires: IWGIA.

5 Véanse también los documentos relativos al examen de Bangladesh en del EPU el CDH: http://www.iwgia.org/sw33541.asp

6 Véase Acción Urgente de IWGIA de 27 de febrero de 2009: http://www.iwgia.org/graphics/offentlig/pdf/Kilosa%20evictions%20IWGIA%20web.pdf

7 Resolución 7/23. Derechos humanos y cambio climático. Adoptada el 28 de marzo de 2008. http://ap.ohchr.org/documents/E/HRC/resolutions/A HRCRES723.pdf

8 Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la relación entre el cambio climático y los derechos humanos. A/HRC/10/61. 15 de enero de 2009. http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/GEN/G09/103/44/PDF/G0910344.pdf?OpenElement

9 Charters, Claire. 2009: The Legitimacy of the UN Declaration on the Rights of Indigenous Peoples, en: Charters, Claire y Rodolfo Stavehagen, Making the Declaration Work. The Significance of the United Nations Declaration on the Rights of Indigenous Peoples. Copenhague, IWGIA. (próxima publicación)

Etiquetas: Gobernanza Global, Informe de IWGIA

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