El Mundo Indígena 2020: La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

Los pueblos indígenas tienen derechos sobre sus conocimientos tradicionales (CC.TT.), expresiones culturales tradicionales (ECT) y recursos genéticos (RR.GG.), incluidos los derechos de propiedad intelectual asociados, tal como se reconoce en el artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Sin embargo, los derechos de propiedad intelectual de los pueblos indígenas no encajan cómodamente en las leyes convencionales de propiedad intelectual y a menudo carecen de protección en virtud de ellas. A falta de un reconocimiento y una protección jurídicos eficaces, el patrimonio cultural inmaterial de los pueblos indígenas suele considerarse de “dominio público” y la apropiación indebida de su propiedad intelectual es continua y generalizada.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), un organismo de las Naciones Unidas que cuenta con 192 Estados miembros, proporciona un foro para negociar nuevas leyes internacionales de propiedad intelectual. En el año 2000, en medio de la creciente preocupación por la biopiratería, y con otros foros internacionales dedicados a las cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual de los pueblos indígenas, los Estados miembros de la OMPI establecieron el Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (CIG). Desde 2010, el CIG ha llevado a cabo negociaciones oficiales basadas en textos con el fin de elaborar instrumentos jurídicos para la protección de los conocimientos tradicionales, las expresiones culturales tradicionales y los recursos genéticos de los pueblos indígenas y las comunidades locales. El CIG concluyó su 40º periodo de sesiones en junio de 2019.


Este artículo es parte de la 34ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación está hecha en la amazonía peruana, dentro del territorio Wampi, fotografiada por Pablo Lasansky y que es la portada del Mundo Indígena 2023 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2020 completo aquí


Panorama de las negociaciones del CIG

e están negociando tres instrumentos jurídicos separados en la CIG, uno que trata de cada tema: conocimientos tradicionales, expresiones culturales y tradicionales, y recursos genéticos.1 En términos generales, los CC.TT. se refieren a los conocimientos técnicos, habilidades y prácticas que se desarrollan, utilizan y transmiten dentro del contexto tradicional de una comunidad. Entre los ejemplos se incluyen los conocimientos medicinales, agrícolas y ecológicos, así como los métodos para hacer cosas como el tejido y la construcción de casas. Las ECT, también conocidas como expresiones del folclore, son las diversas formas en que se expresa la cultura tradicional, como la música, la danza, los cuentos, el arte, las ceremonias, los diseños y los símbolos. Los RR.GG. son material genético que tiene un valor real o potencial que se encuentra en las plantas, los animales o los microorganismos. Entre los ejemplos se incluyen las plantas medicinales, los cultivos agrícolas y las razas animales. Los RR.GG. que se encuentran en la naturaleza no son creaciones de la mente y, por lo tanto, no son propiedad intelectual. Sin embargo, las cuestiones de propiedad intelectual están asociadas con los RR.GG., por ejemplo, en el caso de las invenciones que utilizan los RR.GG. o cuando los conocimientos tradicionales están asociados con el uso de los RR.GG.

Aunque los tres temas están relacionados y son considerados por los pueblos indígenas de una manera más holística e integrada, en el contexto de la propiedad intelectual los conocimientos tradicionales, las expresiones culturales y tradicionales y los recursos genéticos plantean preocupaciones distintas y pueden requerir mecanismos diferentes para su protección. No obstante, hay importantes cuestiones intersectoriales. Por sugerencia del presidente del CIG, en las últimas sesiones (CIG 37-40) se han examinado productivamente los CC.TT. y las ECT y sus correspondientes proyectos de texto en tándem.

El CIG celebró dos sesiones en 2019 en la sede de la OMPI en Ginebra (Suiza), ambas centradas en el debate y la negociación de las principales cuestiones pendientes en los textos sobre los CC.TT. y las ECT. El CIG 39 tuvo lugar del 18 al 22 de marzo y el CIG 40 del 17 al 21 de junio.

Participación de los pueblos indígenas

Los pueblos indígenas participan en el CIG como otros observadores, pero también participan colectivamente a través de un cónclave indígena ad hoc, que cumple una función especial dentro de las negociaciones.2 Los Estados miembros del CIG comentan con frecuencia el papel vital de los pueblos indígenas en las deliberaciones y reconocen la necesidad de su participación para la legitimidad de la labor del CIG. No obstante, la participación indígena sigue siendo limitada. Durante los periodos de sesiones del CIG de 2019, la participación activa en el cónclave indígena tuvo un promedio de 15 a 20 personas por periodo de sesiones.

Al igual que otros observadores, el cónclave indígena puede hacer intervenciones desde la sala del CIG y puede proponer modificaciones al texto que se está negociando. Las modificaciones propuestas se incorporan al proyecto de texto si reciben el apoyo de al menos un Estado miembro. Además, el cónclave tiene una función que va más allá de la de otros observadores, incluida la capacidad de designar representantes para participar en las diversas metodologías de trabajo del CIG, como grupos especiales de expertos, grupos informales y pequeños grupos de contacto.3

Antes de cada periodo de sesiones del CIG, la Secretaría de la OMPI facilita un foro consultivo indígena para informar al cónclave sobre los documentos pertinentes y las cuestiones clave que se abordarán en las próximas negociaciones. El cónclave se reúne diariamente durante los periodos de sesiones del CIG, a menudo varias veces al día, para examinar el texto revisado, debatir la estrategia de negociación y elaborar intervenciones para su presentación en la sesión plenaria. El cónclave también se reúne con el presidente del CIG, se relaciona con los delegados de los Estados miembros para intercambiar información y buscar apoyo para los proyectos de textos del cónclave, y hace declaraciones de apertura y de cierre.

En reconocimiento del valor fundamental de la contribución de las experiencias y puntos de vista de los pueblos indígenas, cada sesión del CIG comienza con un grupo de expertos indígenas invitados y financiados por la OMPI para hacer presentaciones sobre temas pertinentes a las negociaciones.

El Fondo de Contribuciones Voluntarias de la OMPI

En 2005, los Estados miembros de la OMPI crearon un Fondo de Contribuciones Voluntarias para apoyar la participación de los pueblos indígenas y las comunidades locales en los periodos de sesiones del CIG. El Fondo depende exclusivamente de las contribuciones voluntarias de los Gobiernos, las ONG y otras entidades privadas o públicas, y con frecuencia es insuficiente. Para el periodo de sesiones de marzo de 2019 (CIG 39), el Fondo carecía de recursos para apoyar la participación de un solo representante indígena. La situación mejoró con una contribución de Canadá de 25.000 dólares canadienses, que permitió al Fondo apoyar a cuatro representantes indígenas para que asistieran al periodo de sesiones de junio de 2019 (CIG 40). En septiembre de 2019, los Gobiernos de Finlandia y Alemania prometieron contribuciones al Fondo de 15.000 euros cada uno. A fin de atender la necesidad permanente de una participación indígena efectiva, el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de las Naciones Unidas ha pedido a la OMPI que extraiga fondos de su presupuesto básico para este fin.4

Negociaciones de textos de los conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales

Las sesiones del CIG de 2019 fueron las dos últimas de las cuatro sesiones dedicadas a los CC.TT. y las ECT en el marco del programa de trabajo del CIG para 2018-2019. Las negociaciones de 2019 se centraron en cuatro cuestiones intersectoriales: 1) objetivos, 2) objeto, 3) alcance de la protección y 4) excepciones y limitaciones. Los proyectos de texto están saturados de corchetes con numerosas formulaciones alternativas de las diversas disposiciones, lo que refleja las posiciones divergentes de los Estados miembros. El presidente del CIG alentó a los Estados miembros a que redujeran las diferencias entre sus posiciones y que trabajaran para lograr un consenso a fin de reducir el número de alternativas y la redacción entre corchetes de los textos.

El término “objetivos” se refiere a las intenciones y propósitos que deben alcanzarse mediante los instrumentos. Si bien muchos Estados miembros expresan su apoyo a los objetivos encaminados a proteger los CC.TT.  y las ECT e impedir su apropiación indebida, algunos Estados miembros, como Japón y Estados Unidos, prefieren los objetivos que apoyan el uso  de los CC.TT. y las ECT dentro del sistema de propiedad intelectual, y que hacen hincapié en la protección de la innovación y en un dominio público dinámico.5 El cónclave adoptó la posición de que son los CC.TT. y las ECT los que requieren protección y no el dominio público, y que deben eliminarse todas las referencias al dominio público.6 No se pudo llegar a un acuerdo, y la referencia al dominio público aún figura en una disposición alternativa de “objetivos” en los textos.

“Objeto” se refiere a lo que deben abarcar los instrumentos, incluida la definición de los CC.TT. y las ECT y la especificación de los criterios de elegibilidad para determinar qué CC.TT. y ECT deben protegerse. Una cuestión que sigue siendo objeto de controversia es la de si debe incluirse en los criterios de elegibilidad un componente temporal, es decir, si se requiere que los CC.TT. y las ECT hayan existido durante algún periodo de tiempo, por ejemplo, 50 años o cinco generaciones antes de ser objeto de protección. Muchos Estados miembros, así como el cónclave indígena se oponen a ese requisito porque “tradicional” no significa “antiguo”, sino que lo importante es el desarrollo de los CC.TT. y las ECT dentro de la comunidad tradicional y el vínculo entre los CC.TT. y las ECT y la comunidad. Algunos Estados miembros reconocieron la existencia de un vínculo entre el requisito temporal y el objetivo de proteger el dominio público.7 Los partidarios del componente temporal, incluidos Italia, Japón y Estados Unidos,8 mantuvieron su posición de que ese requisito es necesario y aún figura en los proyectos de texto como disposición alternativa.

En lo que respecta al “alcance de la protección”, una cuestión clave es si debe haber un “enfoque escalonado” que ofrezca niveles diferenciados de protección basados en la naturaleza y los atributos de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales (por ejemplo, si son “secretos” o “sagrados”), el nivel de control que mantienen los poseedores de los CC.TT. y las ECT y/o el grado de difusión de los CC.TT. y las ECT. Dado que la difusión y el uso de los CC.TT. y las ECT pueden realizarse sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas y/o ser contrarios a sus normas consuetudinarias, la posición del cónclave indígena es que todo enfoque escalonado debe incluir un mecanismo para que los pueblos indígenas protejan sus CC.TT. y ECT, independientemente del nivel de control o el grado de difusión.9 Los textos actuales sobre CC.TT. y ECT contienen cada uno tres disposiciones alternativas sobre el “alcance de la protección”, una de las cuales incluye una formulación de dicho mecanismo.

Las “excepciones y limitaciones” se refieren a las circunstancias en que los Estados miembros podrían suspender las protecciones otorgadas en virtud de los instrumentos, por ejemplo, cuando sea necesario para proteger el interés público. Una cuestión pendiente fundamental, que se refleja en las disposiciones del texto alternativo, es si se debe establecer un marco de excepciones y limitaciones en los instrumentos o si se debe dejar flexibilidad para la determinación a nivel nacional. La posición del cónclave indígena es que cualquier excepción y limitación debe ser extremadamente estrecha y debe ajustarse a las leyes consuetudinarias indígenas.10

Los textos de los CC.TT. y ECT revisados en el CIG 39 y 40 servirán de base para futuras negociaciones en 2020-2021.

El mandato y el programa de trabajo del CIG para 2020-2021

El CIG trabaja con un mandato de dos años, que requiere una renovación bienal por parte de la Asamblea General de la OMPI. Un componente clave de las negociaciones del CIG 40 consistió en hacer un balance y elaborar recomendaciones para la Asamblea General en relación con la renovación y la labor futura del CIG. Fue un importante logro positivo que los Estados miembros acordaran unánimemente una propuesta de mandato y programa de trabajo. Este consenso fue particularmente notable a la luz de lo ocurrido en la última sesión del bienio 2016-2017, cuando los Estados miembros no pudieron llegar a un acuerdo sobre un proyecto de mandato y programa de trabajo y tuvieron que dejar la cuestión para que la Asamblea General la resolviera.

En su reunión de 2019, la Asamblea General de la OMPI aprobó el mandato y el programa de trabajo para 2020-2021 recomendado por el CIG. En el mandato se encomienda al CIG que “siga acelerando su labor, con el objetivo de ultimar un acuerdo sobre un instrumento o instrumentos jurídicos internacionales... que garanticen la protección equilibrada y eficaz de” los RR.GG., los CC.TT. y las ECT.11 En el programa de trabajo se prevén seis sesiones de negociación, cuatro en 2020 y dos en 2021.12

Otras decisiones del CIG 40

Además del consenso sobre el mandato y el programa de trabajo para 2020-2021, los Estados miembros acordaron en el CIG 40 otras cuestiones de consecuencia.

De particular importancia para los pueblos indígenas, el CIG actuó sobre dos recomendaciones formuladas por el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de las Naciones Unidas. Los representantes indígenas que asistieron al 18º periodo de sesiones del Foro, cuyo tema era “los conocimientos tradicionales”, abogaron por y recibieron las recomendaciones del Foro en relación con las negociaciones del CIG.13 Dos de las recomendaciones del Foro fueron inmediatamente adoptadas y aplicadas por los Estados miembros en el CIG 40: el CIG pidió que la Secretaría de la OMPIcorganizara un Taller de Expertos Indígenas durante el bienio 2020-2021; y encargara a un experto indígena la actualización del examen técnico de las cuestiones clave de los tres proyectos de texto elaborados en 2016 por el anterior Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, a fin de reflejar en los textos las cuestiones de actualidad.14

En otro acontecimiento significativo, los Estados miembros acordaron que el proyecto de texto sobre los recursos genéticos elaborado por la Presidencia del CIG tras las infructuosas negociaciones del CIG 36 –en las que no se pudo alcanzar un consenso sobre la transmisión de las revisiones del texto sobre los RR.GG. de esa sesión como base para la labor futura, por lo que el texto oficial volvió a la versión del CIG 35– debería incluirse como documento de trabajo del CIG en futuras sesiones de negociación sobre los RR.GG.15

Las negociaciones continuarán en el CIG 41 en marzo de 2020 y se centrarán en el texto de los RR.GG.16

 

Este artículo es parte de la 34ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación está hecha en la amazonía peruana, dentro del territorio Wampi, fotografiada por Pablo Lasansky y que es la portada del Mundo Indígena 2023 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2020 completo aquí

 

Notas y referencias

  1. Las versiones actuales de los textos de los TT., las ECT y los RR.GG., a partir del término de bienio 2018-2019 se encuentran como anexos adjuntos al informe que realizó el CIG en 2019 para la Asamblea General de la OMPI: WO/ GA/51/12.
  2. Los TT., las ECT y los RR.GG. de las comunidades locales están dentro delalcance del CIG; sin embargo, este artículo se centra en la participación de los pueblos indígenas. Actualmente, las comunidades locales no cuentan con un grupo observador por separado para su participación en el CIG.
  1. En cada una de estas modalidades, los grupos de trabajo más pequeños se centran cuestiones de negociación identificadas y los resultados de su trabajo se informan en la sesión plenaria. En casos recientes, los grupos de expertos ad hoc incluyeron dos representantes del cónclave indígena, los grupos de contacto incluyeron un representante del cónclave y los grupos informales incluyeron una participación más amplia en donde el cónclave pudo nominar dos representantes oradores y dos representantes no oradores.
  1. Ver E/2019/43-E/C.19/2019/10, párr. 9, disponible en https://undocs.org/en/E/2019/43
  1. Ver WIPO/GRTKF/IC/39/18, párrs. 56 y 60, disponible en https://www.wipo.int/ edocs/mdocs/tk/en/wipo_grtkf_ic_40/wipo_grtkf_ic_40_39_18.pdf
  2. Ibíd., párr.
  3. Ibíd., párrs. 141 y
  4. Ibíd., párrs. 142 y
  5. Ver WIPO/GRTKF/IC/40/20 2, párr. 24, disponible en https://www.wipo.int/ edocs/mdocs/tk/en/wipo_grtkf_ic_40/wipo_grtkf_ic_40_20_prov_2.pdf
  6. Ibíd.
  7. Ver https://wwwipo.int/export/sites/www/tk/en/igc/pdf/igc_manda-a te_2020-2021.pdf
  8. Para obtener la información más actualizada del itinerario y trabajo del CIG, ver https://www.wipo.int/tk/en/igc/.
  9. E/2019/43-E/C.19/2019/10, párrs. 9-11, disponible en https://undocs.org/ en/E/2019/43.
  10. Ver https://www.wipo.int/edocs/mdocs/tk/en/wipo_grtkf_ic_40/wipo_grtkf_ pdf
  11. Ibíd.
  12. El itinerario provisional para las negociaciones de 2020 se encuentra disponible en https://wwwipo.int/export/sites/www/tk/en/igc/pdf/provisional_schedu-e le_igc_2020.pdf

Sue Noe es una abogada sénior del Fondo de Derechos de los Nativos Americanos (NARF), situado en Boulder, Colorado, en Estados Unidos. NARF es el bufete de abogados sin fines de lucro más grande y antiguo en los Estados Unidos, que representa a las tribus nativas estadounidenses. Sue ha asistido a las sesiones del CIG desde el CIG 34 (junio de 2017) y ha formado parte del Panel Indígena del CIG 36. Se puede contactar con ella por correo electrónico en Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

Este artículo es parte de la 34ª edición de El Mundo Índigena. La publicación es un resumen de los principales acontecimientos que los pueblos indígenas han vivido. Descarga El Mundo Índigena 2020 aquí

Etiquetas: Gobernanza Global, Clima

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