• Pueblos indígenas en Kenia

    Pueblos indígenas en Kenia

Mundo Indígena 2019: Kenia

En Kenia, los pueblos que se identifican con el movimiento indígena son principalmente pastores y cazadores-recolectores, así como algunos pueblos pescadores y pequeñas comunidades agrícolas.

Se estima que los pastores representan el 25% de la población nacional, mientras que la comunidad más grande de cazadores-recolectores es de aproximadamente 79,000 personas. Los pastores ocupan principalmente las tierras áridas y semiáridas del norte de Kenia y hacia la frontera entre Kenia y Tanzania en el sur. Los cazadores-recolectores comprenden los pueblos ogiek, sengwer, yiaku, waata y awer (boni), mientras que los pastores comprenden los pueblos turkana, rendille, borana, masái, samburu, ilchamus, somalí, gabra, pokot, endorois y otros. Cada uno de estos grupos enfrenta inseguridad sobre la tenencia de la tierra y los recursos, la mala entrega de servicios, la escasa representación política, la discriminación y la exclusión social. Su situación parece empeorar cada año con la creciente competencia por recursos en sus áreas.

Las mujeres indígenas se enfrentan a limitaciones y desafíos sociales, culturales, económicos y políticos de múltiples dimensiones: primero, por pertenecer a minorías y pueblos marginados a nivel nacional y, segundo, por prejuicios socioculturales internos. Estos prejuicios siguen negando a las mujeres indígenas la igualdad de oportunidades para superar las altas tasas de analfabetismo y pobreza. También les ha impedido tener una voz para informar e influir en la gobernanza cultural y política y en las políticas y procesos de desarrollo, debido a relaciones de poder desiguales a nivel local y nacional.

Kenia no tiene legislación específica sobre los pueblos indígenas y todavía no ha adoptado la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP), ni ha ratificado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En cambio, Kenia sí ha ratificado la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC).

El capítulo cuatro de la Constitución de Kenia contiene una Carta de Derechos progresista, con la que el derecho internacional constituye un componente clave de las leyes de Kenia y que garantiza la protección de las minorías y los grupos marginados. De acuerdo con los artículos 33, 34, 35 y 36, la libertad de expresión, la libertad de prensa y el acceso a la información y a la asociación están garantizados. Sin embargo, el principio del consentimiento libre, previo e informado (CLPI) sigue siendo un sueño dorado para los pueblos indígenas en Kenia.

La Ley de Tierras Comunitarias

Tras la promulgación de una nueva Constitución para Kenia en 2010, los pueblos indígenas se mostraron optimistas en cuanto a la posibilidad de que los reclamos por sus tierras y territorios llegaran a su fin después de un siglo. La nueva Constitución propuso una revisión de todas las leyes de tierras en el país y creó tres categortías: tierras privadas, públicas y comunitarias. Para abordar los reclamos sobre las tierras, la nueva Constitución creó, en virtud del artículo 67, una Comisión Nacional de Tierras (NLC) con el mandato principal de iniciar investigaciones sobre injusticias históricas y asegurar las reparaciones adecuadas.

La Ley de Tierras Comunitarias se aprobó en septiembre de 2016. Sin embargo, algunas partes interesadas expresaron su preocupación por la falta de claridad en los mandatos del Ministerio de Tierras y Viviendas y de la NLC, así como por la falta de mecanismos para la puesta en práctica de la Ley de Tierras Comunitarias y otras dos leyes de tierras (la Ley de Tierras y la Ley de Registro de Tierras), además de dudas sobre la forma en que podrían aplicarse sin superposiciones y conflictos.

En enero de 2017, el ministro de Tierras y Viviendas creó, a través de la Ley de Enmienda de las Leyes de Tierras de 2016, un equipo de trabajo para cuestionar las tres leyes y elaborar reglamentos sobre la implementación efectiva de las mismas. El equipo ha preparado propuestas de reglamentos, normas y guías de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Constitución; sin embargo, todavía no hay señales de su implementación.

La mayoría de las tierras de pueblos indígenas en Kenia están bajo la clasificación de tierras comunitarias, donde la Ley de Tierras Comunitarias subraya el reconocimiento, la protección y el registro de estas. Sin embargo, los pueblos indígenas están sufriendo actualmente actividades de extracción y megaproyectos infraestructurales en sus tierras y les preocupa que esto pueda ocasionar una disminución del espacio del que disponen para su sustento y sus sistemas de producción, la degradación de las tierras y la destrucción de sitios culturales y religiosos.

Posibilidad de abordar las injusticias históricas respecto de las tierras

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley de la Comisión Nacional de Tierras de 2012, la NLC creó en 2017 la “investigación de las regulaciones históricas de injusticias respecto de las tierras” que proporcionó un marco para realizar investigaciones sobre las injusticias históricas respecto de las tierras, las cuales se definen generalmente como: (i) una violación de derechos a las tierras de acuerdo con una ley, declaración, práctica administrativa, tratado o acuerdo; (ii) que da lugar al desplazamiento de personas de su lugar de residencia habitual; y (iii) ocurrida entre el 15 de junio de 1985 y el 27 de agosto de 2017, o iniciada entre el 15 de junio de 1985 y el 27 de agosto de 2017 y aún sin resolver. Las regulaciones de 2017 establecen los procedimientos a través de los cuales se definen las injusticias históricas respecto de las tierras, los méritos de la admisibilidad de los reclamos y los marcos normativos para la presentación pública de quejas, pruebas de apoyo y medidas correctivas y mecanismos de revocación.

Hay una necesidad urgente de que los pueblos indígenas, sus organizaciones y sus seguidores, tanto a nivel local como internacional, emprendan campañas de sensibilización para aprovechar esta oportunidad para que las comunidades y personas indígenas con reivindicaciones históricas respecto de tierras busquen orientación específica por parte de la NLC.

El juicio del Proyecto de Energía Eólica del Lago Turkana

Durante los últimos 5 años, los pueblos indígenas del distrito electoral de Laisamis han estado luchando contra un megaproyecto de energía eólica en el lago Turkana (Lake Turkana Wind Power Project) y buscando compensación por la toma de poco más de 60,000 hectáreas de sus tierras de propiedad y administración comunitaria en el distrito de Laisamis, en el condado de Marsabit (región del noreste de Kenia), para el establecimiento de dicho proyecto.

Inicialmente presentaron un caso ante el Tribunal del Medio Ambiente y Tierras de Nairobi en 2014, el cual fue transferido al Tribunal del Medio Ambiente y Tierras de Meru. Los demandantes son pastores nómadas que han ocupado y utilizado legítimamente las tierras desde tiempos inmemorables y las han mantenido como tierras ancestrales, culturales y de pastoreo para ellos mismos y bajo su custodia para futuras generaciones.

Los pueblos indígenas afirman que las tierras fueron otorgadas a una entidad privada, Lake Turkana Wind Power Limited, sin seguir los procesos pertinentes y que, por ello, la propiedad ancestral de las tierras comunitarias ha sido anulada por medio de un proceso ilegal. Es en este contexto en el que los demandantes presentaron la demanda en nombre de la comunidad para solicitar órdenes de cancelación de los títulos de las tierras y órdenes de anulación del proyecto ya que se encuentra en tierras adquiridas de manera fraudulenta. El proyecto ya está concluido, con 365 turbinas eólicas instaladas, y se espera que generen 310 megavatios de electricidad al año para la red nacional.

El 25 de abril de 2018, el Tribunal del Medio Ambiente y Tierras de Meru remitió el caso al ministro presidente del Tribunal Supremo de Kenia para que los jueces de selección conocieran de este caso que, según el juez del Tribunal del Medio Ambiente y Tierras de Meru, es “de suma importancia y gran interés público, de gran peso y complejo y se necesitará un tiempo considerable para llevar a cabo el juicio”.

Los pueblos indígenas están esperando con ansias para saber en qué dirección se irá el caso tras su remisión al Tribunal Supremo en Nairobi.

La MGF y las niñas indígenas masáis

Es indiscutible que la mutilación genital femenina (MGF) expone a las mujeres y niñas a grandes riesgos, especialmente durante el parto. En Kenia, se prohíbe la MGF para “proteger contra violación de la integridad mental o física de una persona”, de acuerdo con la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina de 2011.1

En el condado de Narok, hogar del pueblo masái, el comisionado del condado (representante del Gobierno nacional a nivel de condado), ordenó que las niñas fueran sometidas a pruebas obligatorias de embarazo y MGF en la primera semana de enero de 2019, para identificar a las niñas que habían sido sometidas a MGF o que habían quedado embarazadas durante las vacaciones escolares de diciembre de 2018. Sin embargo, algunas de estas propuestas emergentes de algunos funcionarios públicos equivalen a una violación de los derechos de las mismas niñas y mujeres a las que la ley pretende proteger.

Aunque la MGF constituye una violación de los derechos de los niños a la integridad corporal, las pruebas de MGF y embarazo obligatorias violan el mismo principio de integridad corporal en el contexto de los derechos de los niños a la autonomía y a la libre determinación sobre su propio cuerpo. La implementación de la orden del comisionado de Narok representa también una intrusión física sin consentimiento y una grave violación de derechos humanos.

El administrador del comisionado advirtió que los padres de las niñas sometidas a MGF serían detenidos y procesados.

La Encuesta Demográfica y de Salud del Gobierno de Kenia de 2014 afirma que el país ha progresado en la reducción de los casos de MGF, cuya prevalencia disminuyó del 27% en 2008/9 al 21% en 2014. Aun así, el informe señala que “a pesar de la constante disminución a nivel nacional, la prevalencia sigue siendo muy alta en algunas comunidades como entre los somalíes, con un 94%; los samburu, con un 86%; los kisii, con un 84%; y los masái, con un 78%.”2

Además, el condado de Narok lidera a nivel nacional en embarazos de adolescentes, con una prevalencia del 40% según la Encuesta Demográfica y de Salud que publicó el Departamento de Estadísticas de Kenia. En 2018, 233 niñas de ocho escuelas secundarias y primarias, de entre 10 y 19 años, fueron obligadas a dejar la escuela después de que se supo que estaban embarazadas. Según los medios de comunicación, más de 60 niñas en el condado de Narok no presentaron sus exámenes nacionales debido a embarazos.

Según el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA)3 y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Kenia es uno de los 17 países que están implementando el Programa Conjunto sobre la MGF. El objetivo principal es la aplicación de la Ley de Prohibición de la MGF de 2011, las políticas pertinentes y el marco para la entrega y coordinación de servicios, así como la participación de los condados y comunidades en el cese de esta práctica en el país.

Cabe seguir cuestionando por qué, con todas las intervenciones que se están llevando a cabo, la práctica sigue siendo frecuente en distintas partes del país y especialmente entre los pueblos indígenas como los somalíes, los samburu y los masáis.

El pueblo sengwer

Durante más de un decenio, los pueblos indígenas sengwer y ogiek han estado luchando contra las oleadas de desalojos, impulsados por el Estado, de sus hogares ancestrales en los bosques de las colinas de Cherangany, Embobut, Kabolet y Mau en Kenia Occidental y en el valle de Rift, que han estado ocurriendo bajo el pretexto de conservar o proteger esos bosques de la destrucción por “actividades humanas”. Los informes están repletos de las atrocidades que estos dos grupos indígenas han sufrido a manos de las autoridades de Kenia, que en ocasiones han ocasionado muertes y lesiones, así como la destrucción de sus medios de subsistencia, sistemas de producción, refugios, propiedad, culturas y creencias.

Implementación de la sentencia de la Corte Africana sobre los pueblos indígenas ogiek

Tras el fallo histórico sobre los derechos de los ogiek que emitió, en mayo del 2017, la Corte Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos (ACHPR), que tiene su sede en Tanzania, el Gobierno de Kenia formó un grupo de trabajo en noviembre del mismo año para desarrollar una guía para la implementación de la sentencia. Sin embargo, los ogiek no fueron consultados y el grupo de trabajo careció de representación por parte de la comunidad ogiek.

De acuerdo con representantes de los ogiek, se hicieron numerosos intentos para lograr la intervención del Fiscal General de Kenia y asegurar la participación de los ogiek en este proceso, pero sin éxito. A pesar de esto, los términos de referencia del grupo de trabajo incluyen la creación de conciencia pública, la realización de estudios sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como asesoría para la compensación, la restitución y la reparación de las injusticias sufridas, de acuerdo con sentencias pertinentes en relación con este caso y otros mecanismos jurídicos y normativos relativos a las tierras de los ogiek.

Además, en septiembre de 2018, los ogiek sufrieron violencia en las zonas de Nesuit y Mauche de Njoro, en el condado de Nakuru, cuando sus casas fueron quemadas y sus bienes destruidos por miembros de la comunidad vecina kipsigis, en lo que los ogiek sospechaban que era un intento de desalojarlos de sus tierras ancestrales, a pesar de la decisión de la ACHPR de reestablecer sus derechos a la tierra.

Con base en estas realidades, los pueblos ogiek amenazaron con presentar otra demanda ante la Corte Africana contra el Gobierno de Kenia por desacato al fallo anterior y para obligar al Gobierno a acelerar la implementación de dicho fallo.

Agencia estatal sienta precedentes al consultar a los pueblos indígenas antes de implementar proyectos

En 2018, la Autoridad de Carreteras Nacionales de Kenia (KeNHA), bajo el Ministerio de Transporte, Infraestructura, Vivienda y Desarrollo Urbano, inició una colaboración con representantes de los pueblos indígenas de Kenia, incluidos los masáis y ogiek, antes de comenzar las renovaciones de la autopista de 175 kilómetros Nairobi-Mau Summit y la mejora de los 57.8 kilómetros de la autopista entre Rironi y Naivasha vía Mai Mahiu. La construcción de estas autopistas es financiada a través del Proyecto de Financiación de la Infraestructura Keniana y Asociaciones Público-Privadas (IFPPP) del Banco Mundial.

De acuerdo con los documentos que KeNHA compartió con miembros de los pueblos, este proyecto forma parte de la Autopista Transafricana (Corredor Norte), que a su vez es parte de la ruta principal de transporte que conecta a los países del este y centro de África a través del puerto de Mombasa en el océano Índico.

Las consultas con representantes de los pueblos indígenas y el contacto con las comunidades a lo largo de las áreas de los proyectos tuvieron por objetivo compartir información sobre el proyecto y buscaron, además, servir de fundamento para los procesos de realización de evaluaciones ambientales y de impacto social (ESIA), para poder anticipar e identificar los riesgos ambientales y sociales adversos y generar las medidas de mitigación necesarias.

Las organizaciones de pueblos indígenas, junto con representantes de KeNHA y el Banco Mundial, celebraron dos reuniones en Nairobi donde representantes de pueblos y organizaciones indígenas recomendaron un proceso de consulta continuo que tuviera en cuenta sus agravios históricos y acatara la Carta de Derechos de Kenia y las convenciones internacionales de derechos humanos pertinentes ratificadas por el país.

KeNHA dijo que utilizaría estas recomendaciones para desarrollar un protocolo de salvaguardias de pueblos indígenas para el proyecto. Esto constituye una de las mejores prácticas de un organismo gubernamental keniano en la articulación de sus responsabilidades con los pueblos indígenas del país, tal como se establece en la Constitución y en los instrumentos internacionales ratificados o respaldados por Kenia en relación con los pueblos indígenas.

Los pueblos indígenas impugnan el proyecto LAPSSET

El proyecto de infraestructura del Corredor de Transporte Puerto Lamu-Sudán del Sur-Etiopía (LAPSSET), valorado en 2.5 billones de chelines (2,400 millones de USD), busca combinar una autopista de varios carriles, una línea ferroviaria y un oleoducto que unen la ciudad costera keniana de Lamu con Sudán del Sur y Etiopía. El proyecto ya ha sido elogiado por el presidente del país como un parteaguas económico y comercial.

El condado de Isiolo es el epicentro del proyecto LAPSSET. Como parte de la apreciación que el proyecto tiene por las implicaciones de la Ley de Tierras Comunitarias de 2016 que sitúa las tierras comunitarias bajo la custodia del Gobierno del condado, en enero de 2018, la dirección de la Autoridad de Desarrollo del Corredor de LAPSSET tuvo una reunión con el Gobierno del condado para solicitar que se apartaran tierras para el puerto seco interior, oleoductos, la línea ferroviaria, la presa, la ciudad turística y la autopista.

Mientras que el Gobierno del condado de Isiolo acogió el proyecto, el gobernador insistió en la necesidad de que el Gobierno nacional diera prioridad al proceso de emisión de títulos (certificados de propiedad) a los residentes de Isiolo antes de que la tierra comunitaria fuera apartada, con el fin de asegurar mecanismos de compensación para las comunidades que serán desplazadas por el proyecto.

En mayo de 2018, el alto tribunal de Malindi falló a favor de 4,600 pescadores en Lamu después de que acudieron al tribunal para solicitar compensación por la destrucción de sus medios de subsistencia como resultado de las actividades de LAPSSET en la construcción del puerto de Lamu. En la sentencia, el tribunal ofreció a los demandantes una indemnización de 1,760 millones de chelines (170 millones de USD) por la violación de sus derechos a un ambiente limpio y saludable y sus derechos culturales y por la falta de cumplimiento con los umbrales constitucionales y legales en la implementación del proyecto del puerto. Sin embargo, previa apelación por parte de la Autoridad Aeroportuaria de Kenia, el tribunal de apelaciones suspendió esta sentencia al alegar que el Tribunal Supremo había dictado órdenes que los pescadores no habían reclamado.

En julio de 2018, los pueblos indígenas boni amenazaron con impugnar por la vía judicial lo que ellos calificaron como discriminación por parte de la Autoridad de Desarrollo de LAPSSET, al no compensarlos suficientemente por haber anexado sus tierras.

Los defensores de derechos humanos que cuestionan el proyecto LAPSSET enfrentan acoso e intimidación

Los defensores de derechos humanos que se manifiestan en contra de los efectos perjudiciales que el proyecto LAPSSET ha tenido sobre los derechos de los pueblos indígenas, especialmente en Lamu en la costa keniana, han sido objeto de intimidación y acoso por parte de las agencias de seguridad del Estado.

En diciembre de 2018, Human Rights Watch (HRW) y la Coalición Nacional de Defensores de los Derechos Humanos-Kenia (NCHRDK) publicaron estadísticas que indican que cerca de 35 defensores de derechos humanos que cuestionaban la implementación del proyecto LAPSSET fueron sometidos a arrestos y detenciones arbitrarios, violencia física y amenazas por parte de la policía y el personal militar de Kenia.4

De acuerdo con el informe de la Coalición y HRW sobre la situación de los defensores de derechos humanos en Kenia, la acusación más fácil que utilizan los organismos de seguridad en contra de estos defensores consiste en denunciarlos como integrantes o simpatizantes del grupo terrorista extremista Al Shabab, el cual opera en Somalia y causa terror en Kenia. El informe citó al menos 15 incidentes en los que se buscó dañar la reputación de los activistas y distorsionar el hecho de que están buscando una implementación del proyecto LAPSSET basada en los derechos.

A medida que se va construyendo el corredor LAPSSET hacia el centro del país, se prevé que réplicas de esta situación recaigan en los defensores de los derechos humanos de pueblos indígenas y sus organizaciones, particularmente con respecto a los derechos territoriales, ecológicos, de sustento, culturales y religiosos.

Por lo tanto, es urgente que los movimientos, organizaciones y aliados de los pueblos indígenas a nivel regional y mundial consoliden sus esfuerzos para apoyar a los defensores y organizaciones de derechos humanos, con el fin de asegurar que se reduzcan al mínimo el hostigamiento y la intimidación por parte de los organismos de seguridad, mediante la creación de conciencia comunitaria y la movilización para lograr el desarrollo sensible y basado en los derechos dentro de sus tierras y territorios.

 

Este artículo es parte de la 33ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. Encuentra El Mundo Indígena 2019 completo aquí.

 

Notas y referencias

  1. Véase la Ley no. 32 de 2011, Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina, en http://bit.ly/2IGDr2Q
  2. Véase la Encuesta Demográfica y de Salud de Kenia, 2014, en http://bit.ly/2IJA9Mp
  3. Programa Conjunto del UNFPA y UNICEF sobre la Mutilación Genital Femenina (MGF) en Kenia Aceleración del Cambio 2014-2017, en http://bit.ly/2IK4r1x
  4. Véase HRW, “Report on Abuses Against Environmental Activists at Kenya’s Coast Region” [Informe sobre los abusos contra los activistas del medio ambiente en la región costera de Kenia], en http://bit.ly/2IKjQiq

Michael Tiampati ha trabajado como periodista en Kenia y África Oriental para Reuters Television y Africa Journal. Trabaja con pueblos indígenas en Kenia desde hace más de 19 años, incluidos el Centro para el Desarrollo de los Derechos de las Minorías (CEMIRIDE), el Foro de la Sociedad Civil Maa (MCSF) y la Organización para el Desarrollo Integrado Pastoril Mainyoito (MPIDO). Actualmente es el Coordinador Nacional de la Red de Desarrollo Pastoril de Kenia (PDNK) y presidente de la recién creada Red Pastoril del Este y Sur de África.

Etiquetas: Derechos Humanos, Defensores de derechos humanos indígenas

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