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    Pueblos Indígenas en Chile

    En Chile viven 10 Pueblos Indígenas. El más grande es el Mapuche, seguido por el Aymara, Diaguita, Atacameño y el Quechua. Es el único país de América Latina cuya Constitución no reconoce a los Pueblos Indígenas.
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El Mundo Indígena 2025: Rapa Nui (Isla de Pascua)

Rapa Nui es una isla ubicada en medio del Océano Pacifico, a más de 3.700 kilómetros de la costa de Chile continental, con una superficie de 16.628 hectáreas. Allí habita el pueblo Rapa Nui, descendiente de una cultura milenaria reconocida por la creación de grandes estructuras megalíticas llamadas Moai y por haber desarrollado una civilización única en sus características. Actualmente, Rapa Nui es un territorio anexado al Estado de Chile, en virtud de un tratado suscrito por ambas naciones el 9 de septiembre de 1888, denominado Acuerdo de Voluntades. Este documento establece el respeto a las investiduras de los jefes rapa nui y reserva la propiedad de la tierra para su pueblo. Sin embargo, el Estado chileno dio incumplimiento sistemático a dicho acuerdo, usurpando la propiedad de la tierra y cometiendo grandes vulneraciones a los derechos de sus habitantes originarios.  


Este artículo es parte de la 39ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra la activista indígena Funa-ay Claver, del pueblo Bontok Igorot, junto a jóvenes indígenas activistas y otras personas protestan contra las leyes represivas y las violaciones de derechos humanos perpetradas por las acciones y proyectos del Gobierno de Filipinas y otros actores contra los Pueblos Indígenas. La protesta tuvo lugar durante el discurso nacional del Presidente Marcos Jr., el 22 de julio de 2024, en Quezon City, Filipinas. Fotografiada por Katribu Kalipunan ng Katutubong Mamamayan ng Pilipinas, es la portada del Mundo Indígena 2025 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2025 completo aquí.


La crisis ambiental: una amenaza para la supervivencia cultural y ecológica

La grave crisis de contaminación por plásticos y microplásticos en el océano representa una amenaza existencial para el pueblo Rapa Nui y su ecosistema. La posición geográfica de la isla, expuesta a las corrientes marinas del Pacífico Sur, la convierte en un receptor de grandes cantidades de desechos plásticos, con concentraciones hasta 50 veces superiores a las registradas en la costa continental. Esta situación no solo impacta la biodiversidad marina y la salud de los ecosistemas, sino que también afecta directamente la vida cotidiana y las prácticas culturales del pueblo Rapa Nui. Su identidad está intrínsecamente ligada al mar, que representa una extensión de su territorio, con una fuerte conexión espiritual y ancestral. Para ellos, el mar no es solo una fuente de alimentos y recursos, sino también de relatos y espiritualidad.

En este contexto, se realizó la Cumbre de Líderes del Pacífico Rapa Nui 2024: Protección de los Océanos y el Desafío de la Contaminación por Plástico y Microplástico en la Región, un evento internacional de alto nivel, organizado por la Municipalidad de Rapa Nui, con el apoyo del Sistema de las Naciones Unidas en Chile, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Ministerio de Relaciones Exteriores chileno. A su vez, contó con el apoyo de todas las organizaciones representativas del pueblo Rapa Nui, tales como el Consejo de Ancianos, el Parlamento Rapa Nui, la Asamblea Territorial Hōnui, Koro Nui o te Vaikava (Consejo del Mar), la Comunidad Indígena Ma’u Henua (administradora del Parque Nacional Rapa Nui) y los representantes rapa nui de la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua.

La Cumbre logró reunir a líderes políticos y tradicionales de diversas islas y territorios ribereños del Pacífico con el objetivo de promover acciones para hacer frente a la contaminación del plástico y microplástico en el Pacífico, así como fomentar la conservación y protección de los océanos. Se destacó la importancia de integrar el conocimiento científico y los saberes ancestrales para abordar el cambio climático, la contaminación y la protección de los océanos. Se contó con la presencia de autoridades políticas y representativas de los Pueblos Indígenas del Pacifico.

Este gran evento, que representa un ejemplo de capacidad indígena en la incidencia internacional, concluyó con una ceremonia tradicional y la suscripción por parte de los líderes del Pacifico de la denominada Declaración de Rapa Nui. Este documento representa un llamado urgente a la acción por parte de los Estados y la comunidad internacional. En ella, se insta a la adopción de medidas concretas para detener la crisis plástica, se reconoce la invaluable contribución de los Pueblos Indígenas en la conservación y restauración de los océanos, y se enfatiza la importancia de la participación indígena en la toma de decisiones relacionadas con la gestión de los recursos marinos. Por otra parte, se destaca la importancia de adoptar el Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal, así como el Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, relativo a la Conservación y Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la jurisdicción Nacional (BBNJ). Este instrumento es fundamental para la salud del océano y su contenido pone en valor a los Pueblos Indígenas costeros. Finalmente, la Declaración de Rapa Nui fue ingresada como documento oficial en la cuarta ronda de negociaciones del Comité Negociador Intergubernamental de la Asamblea de las Naciones Unidas por el Medio Ambiente (INC-4), celebrada en Ottawa, Canadá, durante la última semana de abril. Actualmente, este comité trabaja en un tratado internacional jurídicamente vinculante para poner fin a la contaminación por plásticos, representando un paso crucial en la lucha ambiental de los Pueblos Indígenas.

Cogestión del área marina protegida y la cosmovisión rapa nui

La existencia del Área Marina Protegida de Rapa Nui, la más grande de Latinoamérica, con más de 72 millones de hectáreas de mar, representa un importante instrumento para la conservación de la biodiversidad marina. La cogestión de esta área por parte del pueblo Rapa Nui, a través del Koro Nui o te Vaikava, en conjunto con el Estado de Chile, constituye un ejemplo relevante de gobernanza colaborativa. En este contexto, se dio un importante paso en el cuidado y administración del mar de Rapa Nui, cuando, en agosto, se aprobó, mediante consulta indígena, el Plan de Administración Integrado Área Marina Protegida de Rapa Nui, que resultó favorable por un 86 % de los votos (500 a favor, 83 en contra). Desde el punto de vista de la cosmovisión rapa nui y sus orígenes, el plan contempla las Áreas Marinas Protegidas de Rapa Nui, siendo implementadas bajo el principio Te Moana Tapu a Hotu Matu’a, que combina los conceptos de mar sagrado con el de prohibición y respeto. Este enfoque permitirá reforzar el trabajo y conservación del pueblo Rapa Nui sobre su mar.

Desafíos socioeconómicos y el futuro de las nuevas generaciones

La compleja relación con la única aerolínea que opera en la isla ha generado tensiones debido a cambios en las condiciones para obtener pasajes aéreos, afectando la conectividad con el continente y provocando dificultades para la población en el acceso a servicios básicos, como atención médica especializada y educación superior. La Asamblea Territorial Hōnui ha manifestado su descontento ante esta situación y la falta de garantías por parte del Estado de Chile, que no ha sabido abordar esta grave situación de manera correcta. Este problema afecta seriamente la vida en Rapa Nui, ya que viajar al continente es parte de las necesidades de su pueblo, tanto por emergencias médicas, estudios u otras cuestiones.

Respecto a los jóvenes rapa nui, una de las grandes dificultades que enfrentan es la carencia de instituciones de educación superior en Rapa Nui, que implica la necesidad de migrar al territorio continental para proseguir sus estudios. Esta circunstancia conlleva la separación de sus núcleos familiares y de su entorno cultural, lo que provoca repercusiones en su cotidianidad y desarraigo.

Sin embargo, la participación de jóvenes rapa nui en espacios internacionales como la COP16 en Cali, Colombia, bajo la representación de tres mujeres jóvenes rapa nui, donde abordaron temáticas relevantes para su pueblo en ámbitos de biodiversidad y género, demuestra su compromiso y liderazgo en la defensa de sus derechos y la búsqueda de soluciones a los desafíos que enfrentan. A su vez, la elección de un joven líder como presidente de la Comunidad Indígena Ma’u Henua, administradora autónoma del Parque Nacional Rapa Nui (comunidad indígena más grande de Chile), también representa un signo de renovación y empoderamiento de las nuevas generaciones.

Rapa Nui y el derecho internacional: análisis de su relación con las resoluciones de Naciones Unidas sobre descolonización

Un grupo de líderes y lideresas rapa nui enviaron, en agosto de 2024, una carta al Presidente de Chile con la intención de negociar una relación de autogobierno en libre asociatividad entre la Nación Rapa Nui y el Estado chileno. Esta solicitud, que representa un hito significativo, se fundamenta en los principios del derecho internacional público, consagrados en el artículo 73° de la Carta de las Naciones Unidas y en las Resoluciones N.º 1514 y N.º 1541 de la Asamblea General de Naciones Unidas.

El estatus del pueblo Rapa Nui, su relación con el Estado de Chile y sus demandas históricas de autodeterminación pueden interpretarse bajo los principios establecidos en las Resoluciones 1514 (XV) y 1541 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, así como el Artículo 73 de la Carta de Naciones Unidas. Estas normativas constituyen el marco internacional para la descolonización, subrayando el derecho inalienable de todos los pueblos a decidir libremente su estatus político, así como a desarrollar su futuro económico, social y cultural.

La Resolución 1514 proclama la necesidad de poner fin al colonialismo en todas sus formas, mientras que la Resolución 1541 define criterios para determinar si un territorio es no autónomo, incluyendo las opciones de independencia, libre asociación o integración con un Estado soberano, siempre basado en la voluntad libremente expresada del pueblo afectado.

En el caso de Rapa Nui, la anexión por parte de Chile en 1888, mediante el Acuerdo de Voluntades, ha generado controversias sobre su validez y legitimidad en términos de consentimiento. Actualmente, el pueblo Rapa Nui enfrenta limitaciones significativas en su capacidad de autogobierno, particularmente en la administración de su territorio ancestral y recursos naturales, lo que plantea interrogantes sobre el cumplimiento del Estado de Chile con las obligaciones del Artículo 73.

Dado su identidad cultural única como un pueblo insular en el Pacífico, Rapa Nui podría considerarse sujeto a los principios de descolonización. La falta de mecanismos efectivos de consulta democrática para definir su relación con Chile contradice el espíritu de las Resoluciones 1514 y 1541, las cuales requieren que la integración o asociación con un Estado soberano refleje la voluntad libremente expresada del pueblo.

Para abordar esta situación, se debería implementar un proceso de diálogo entre el pueblo Rapa Nui y el Estado de Chile que contemple: (1) el reconocimiento pleno del derecho a la autodeterminación del pueblo Rapa Nui; (2) la evaluación democrática de su estatus político bajo opciones como la libre asociación o mayor autonomía; y (3) el fortalecimiento de su autogobierno mediante el control efectivo sobre sus asuntos internos y recursos.

Este análisis destaca que, desde una perspectiva de justicia histórica y cumplimiento del derecho internacional, el caso de Rapa Nui representa una oportunidad para avanzar en la implementación de los principios de descolonización, en consonancia con las aspiraciones y derechos de su pueblo.

Por otro lado, y al alero de lo establecido en la Constitución de Chile (artículo 126 bis), que señala que Isla de Pascua es un Territorio Especial de la República: (…) El Gobierno y Administración de estos territorios se regirá por los estatutos especiales que establezcan las leyes orgánicas constitucionales respectivas”. La Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua, ente constituido al amparo de la Ley N.º 19.253 que establece normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, está integrada por cinco comisionados electos democráticamente por el Pueblo Rapa Nui, más el Presidente del Consejo de Ancianos de Rapa Nui. Actualmente, se encuentra en negociaciones con el Gobierno de Chile con el objeto de trabajar en un Estatuto Especial de autonomía para Rapa Nui, contemplando una consulta indígena en esta materia para el año 2025.  

El caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Finalmente, cabe hacer una reseña sobre el estado en el que se encuentra el Caso Pueblo Rapa Nui N.º 14.626, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Demanda presentada en el 2015, donde se alega la responsabilidad internacional del Estado de Chile por la violación al artículo 21 en relación con el artículo 1.1. y 2 de la CADH debido a la vulneración a la propiedad colectiva del Pueblo Rapa Nui sobre el territorio y recursos naturales de Isla de Pascua y de su derecho a la autonomía. A pesar de que las solicitudes por el reconocimiento y autonomía del pueblo Rapa Nui han sido constantes desde hace más de 125 años, actualmente gran parte de su territorio ancestral es manejado y se encuentra bajo propiedad del Estado lo cual ha ocasionado de forma irremediable un daño en el estilo de vida y el desarrollo de su pueblo.  

Con fecha 27 de julio de 2021, la CIDH emitió el informe de admisibilidad de la petición presentada y concluyó: “Declarar admisible la presente petición en relación con los artículos 4, 8, 12, 21 y 25 de la Convención Americana en conexión a los artículos 1.1 y 2 de dicho instrumento”.  

Con dicha admisibilidad, la denuncia pasó a la Etapa de Fondo, en la cual se analizan los derechos alegados en relación con los estándares interamericanos de derechos humanos. Concluida dicha etapa se emitirá un informe de Fondo que determinará si hubo o no violación a los derechos del pueblo Rapa Nui alegados en la denuncia. Esta etapa es crucial, pues detalla el proceso legal internacional que busca dirimir la controversia entre el pueblo Rapa Nui y el Estado de Chile.

Benjamin Ilabaca Hey es abogado y miembro del pueblo Rapa Nui. Además, es experto en Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y en Desarrollo Sostenible, con trayectoria como consultor nacional e internacional.

 

Este artículo es parte de la 39ª edición de El Mundo Indígena, un resumen anual producido por IWGIA que sirve para documentar e informar sobre los desarrollos que han experimentado los pueblos indígenas. La foto de la publicación muestra la activista indígena Funa-ay Claver, del pueblo Bontok Igorot, junto a jóvenes indígenas activistas y otras personas protestan contra las leyes represivas y las violaciones de derechos humanos perpetradas por las acciones y proyectos del Gobierno de Filipinas y otros actores contra los Pueblos Indígenas. La protesta tuvo lugar durante el discurso nacional del Presidente Marcos Jr., el 22 de julio de 2024, en Quezon City, Filipinas. Fotografiada por Katribu Kalipunan ng Katutubong Mamamayan ng Pilipinas, es la portada del Mundo Indígena 2025 donde originalmente está escrito este artículo. Encuentra El Mundo Indígena 2025 completo aquí.

Etiquetas: Gobernanza Global, Derechos Humanos

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