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Acceso a la justicia para las indígenas del noreste de la India

POR SAMIR TALATI PARA DEBATES INDÍGENAS

Las mujeres y niñas indígenas enfrentan múltiples barreras judiciales que surgen de la intersección entre marginación, desposesión de tierras y relaciones de poder. Si bien existen garantías constitucionales que las protegen, la realidad revela una profunda distancia entre la igualdad que proclama la ley y la desigualdad en el territorio. Esta contradicción se agudiza especialmente allí donde las normas consuetudinarias están subordinadas a un sistema legal arraigado en el colonialismo, la propiedad privada y la intervención estatal. En este contexto, el acceso a la justicia para las mujeres debe entenderse en estrecha relación con la identidad, la tierra y el sustento.

Los conflictos en el noreste de la India giran, en su mayoría, sobre la identidad: el reconocimiento o la negación del estatus indígena y de los sistemas comunitarios de subsistencia. En un primer momento, el Estado convirtió las tierras comunitarias en propiedad estatal, tierras baldías o bosques no clasificados. Luego, la propiedad comunitaria y la gestión colectiva fueron reemplazadas por títulos individuales, leyes forestales y administración de ingresos. En consecuencia, se ha generado una alienación a gran escala de tierras, bosques y recursos de propiedad común, que socavó los medios de vida de los Pueblos Indígenas y amenaza su cultura y organización social.

Para las mujeres, esta alienación tiene consecuencias específicas. Tradicionalmente, las indígenas han disfrutado de un estatus relevante debido a su papel en la producción, el conocimiento ecológico y la economía familiar, que se construyen sobre las tierras, bosques y recursos de propiedad común. Así, las mujeres del noreste de la India han participado en la toma de decisiones y han sido agentes económicos activos mientras la tierra era gestionada por la comunidad. Cuando estos sistemas se vieron interrumpidos por la alienación de tierras, el desplazamiento inducido por el desarrollo, la asimilación legal con la sociedad dominante y las intervenciones del mercado, las mujeres indígenas experimentaron una pérdida desproporcionada de estatus, agencia y acceso a la justicia.

Por lo tanto, la justicia para las mujeres indígenas debe ubicarse en la intersección de los derechos colectivos, la seguridad de los medios de vida, las relaciones de poder de género y la autodeterminación. La pérdida de bienes comunes, la imposición de regímenes legales individualizados y el desplazamiento forzado han socavado de manera desproporcionada los derechos de las mujeres indígenas. En consecuencia, es necesaria una reconceptualización de la noción de justicia que priorice los derechos basados en la subsistencia, la reforma de las leyes consuetudinarias sensibles al género y un reconocimiento significativo de los sistemas jurídicos indígenas.

Los derechos colectivos y la cuestión de la justicia

En la India, el debate sobre si las comunidades deben ser reconocidas como tribales o indígenas no es meramente semántico. El término tribu, que se utiliza en la Constitución, refiere a una comunidad con cultura y organización social compartidas. De este modo, sitúa a las comunidades dentro de un paradigma de bienestar y desarrollo, sin reconocer su ocupación histórica del territorio. Por otro lado, el término indígena se fundamenta en el derecho internacional y enfatiza la preexistencia, la autodeterminación, los derechos colectivos y, la soberanía sobre la tierra, los bosques y los recursos naturales. Este término se refiere a una identidad política basada en derechos y vinculada a la continuidad histórica.

El Estado indio no reconoce a ninguna comunidad como indígena: las clasifica a todas bajo la categoría de tribales. Mientras que el reconocimiento tribal limita la justicia a medidas redistributivas y compensatorias, el estatus de indígena la extiende a la justicia histórica, territorial y restaurativa. Los Pueblos Indígenas se perciben a sí mismos como distintos pueblos que poseen derechos colectivos arraigados en sus relaciones históricas, culturales, espirituales y territoriales. No se limitan a derechos individuales, sino que incluyen derechos colectivos sobre la tierra, los recursos y los sistemas de gobernanza. Estos derechos colectivos son esenciales para mantener la continuidad intergeneracional de la cultura, el derecho y el sustento.

Sin embargo, la imposición de la propiedad privada a través de marcos legales coloniales y nociones capitalistas de desarrollo han socavado los derechos colectivos sobre la tierra de las comunidades tribales e indígenas. El sistema legal en la India no reconoce los bienes comunes como el sustento de los Pueblos Indígenas. La negación de su derecho sobre los bienes comunes conduce a la alienación de tierras y al empobrecimiento. Este marco es inadecuado para sociedades indígenas que tradicionalmente han gestionado sus tierras y recursos de manera colectiva. En este contexto, la justicia implica el reconocimiento de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y su autoridad sobre los sistemas de sustento.

Implicaciones de género, derecho consuetudinario y derecho formal

Tradicionalmente, las comunidades indígenas del noreste de la India se han autogobernado a través de leyes consuetudinarias que priorizaban la distribución equitativa, la sostenibilidad de los recursos y la equidad intergeneracional. Las mujeres disfrutaban de un estatus relativamente alto (aunque no igual) debido a su papel en la gestión de la economía familiar. Sin embargo, la imposición de la propiedad individual ha convertido la tierra comunitaria en propiedad estatal y ha reconocido la propiedad a través de pattas individuales (documento legal de propiedad individual de la tierra), generalmente otorgadas a los “jefes de hogar”. A medida que los bienes comunes son alienados, las mujeres indígenas pierden acceso a los espacios económicos y sociales que sostenían su estatus.

Este cambio transfiere el poder a una minoría masculina y margina a las mujeres de la toma de decisiones. El Estado y el mercado intensifican aún más este proceso al otorgar préstamos, subsidios y beneficios sólo a propietarios individuales de tierras, lo cual refuerza al patriarcado y acelera la formación de clases dentro de las comunidades. Como resultado, las mujeres pierden su rol económico, su autonomía social y su autoridad, lo que lleva a muchas a internalizar ideologías sobre la subordinación femenina. Así, el encuentro entre el derecho consuetudinario y el derecho formal no es una transición neutral, sino un proceso desigual que profundiza la injusticia de género.

Los indicios muestran que la modernización sin salvaguardias ni preparación fortalece la dominación masculina al introducir la propiedad individual de la tierra e intensificar el control de los hombres sobre los recursos. También genera diferencia de clases en sociedades que tradicionalmente habían sido igualitarias. Por ejemplo, entre los garo matrilineales de Meghalaya, los esquemas financieros del Estado para plantaciones de caucho requerían títulos individuales a nombre de los hombres jefes de hogar. Esto afectó la propiedad comunitaria, habilitó que unos pocos individuos monopolizaran la tierra y debilitó el papel de las mujeres.  

Por otro lado, existen iniciativas que benefician a las mujeres y surgen desde los propios sistemas consuetudinarios. Las reformas propuestas por el Paite Tribal Council para reconocer los derechos de herencia de las hijas demuestran la posibilidad de alinear la tradición con la justicia de género. En conjunto, estas experiencias subrayan que, mientras los modelos de desarrollo impuestos desde afuera profundizan la desigualdad de género, la justicia de género emerge con más fuerza cuando las propias instituciones tradicionales generan reformas que protegen los derechos de las mujeres.

Desarrollo, desplazamiento y feminización de la injusticia

El desplazamiento inducido por el desarrollo constituye una de las barreras más graves para la justicia de los Pueblos Indígenas en general, y de las mujeres y niñas indígenas en particular. Las represas, la minería y la expansión industrial han apuntado a las tierras, bosques y recursos comunes: la columna vertebral de los medios de vida indígenas. La adquisición a gran escala de tierras tribales para proyectos de desarrollo ha resultado en un empobrecimiento generalizado.

En este sentido, una proporción significativamente mayor de personas indígenas desplazadas se vuelven sin tierra en comparación con los grupos no indígenas desplazados. Además, el avasallamiento territorial genera consecuencias sociales devastadoras para los Pueblos Indígenas como la marginación, la indigencia y, la pérdida de identidad y cultura. En la India, mientras el 25% de los cultivadores desplazados se convierten en sin tierra después del desplazamiento, esta cifra supera el 50% entre indígenas y dalit.

Si bien el desplazamiento empobrece a toda la comunidad, sus consecuencias están especialmente ligadas al género. El desplazamiento erosiona tanto la seguridad material como el estatus social de las mujeres. La pérdida de los bienes comunes priva a las mujeres de su estatus como actores económicos y sociales: las reduce a roles domésticos no remunerados e intensifica su dependencia de los hombres. Paralelamente, las mujeres internalizan la ideología de la subordinación y, a medida que los medios de vida colapsan, son empujadas a trabajos mal remunerados e inseguros.

Por su parte, las niñas son retiradas de la escuela para contribuir a la supervivencia del hogar, lo cual perpetúa los ciclos de pobreza y exclusión de las mujeres. Los mecanismos de justicia rara vez toman en cuenta estos impactos porque se centran en la compensación individual en lugar de la pérdida colectiva y social. Así, el desplazamiento inducido por el desarrollo va más allá de la reproducción de desigualdades preexistentes: feminiza la injusticia al desmantelar las bases materiales, sociales y culturales que sostienen la dignidad y los derechos de las mujeres indígenas.

Hacia la justicia para las mujeres indígenas

En el noreste de la India, garantizar el acceso a la justicia para mujeres y niñas indígenas requiere una reorientación de los marcos legales y de las políticas públicas. En primer lugar, lo indígena debe definirse en términos de sustento más que de cronología. La protección de los derechos indígenas depende de reconocer los bienes comunes como la base de la cultura indígena. En segundo lugar, las leyes consuetudinarias deben ser reconocidas y tienen que interpretarse para abordar la desigualdad de género. Si bien la reactivación acrítica de la tradición corre el riesgo de reforzar el patriarcado, una reforma basada en la equidad, la sostenibilidad y el bienestar comunitario puede fortalecer los derechos de las mujeres. 

En tercer lugar, el acceso a la justicia debe ampliarse más allá de los tribunales para incluir mecanismos de resolución de disputas culturalmente apropiados, alfabetización jurídica y estructuras de gobernanza participativa que garanticen la representación de las mujeres. La modernización de su derecho consuetudinario sería un paso en esta dirección. Finalmente, la justicia para las mujeres indígenas debe reconocer su agencia. A pesar de las restricciones estructurales, las mujeres indígenas siguen siendo centrales para el conocimiento ecológico, la gestión de recursos y la resiliencia comunitaria. Reconocer y fortalecer esta agencia es esencial no solo para la justicia de género sino también para el desarrollo sostenible y la gobernanza democrática en la región.

Lo que esto significa es que el acceso a la justicia para las mujeres indígenas en el noreste de la India es inseparable de las luchas por la tierra, el sustento, la autodeterminación y la identidad. La erosión de los sistemas de sustento basados en la comunidad, combinada con la imposición de regímenes legales individualizados, ha producido formas interseccionales de injusticia que afectan de manera desproporcionada a las mujeres. Abordar esta injusticia requiere reconocer los derechos colectivos, restaurar el control sobre los bienes comunes y reformar tanto las leyes formales como las consuetudinarias a través de una perspectiva sensible al género. Solo centrando el sustento, la dignidad y la agencia podrá la justicia volverse significativa para las mujeres indígenas en el noreste y en el resto de la India.

Samir Talati es Investigador Asociado Senior en el North Eastern Social Research Centre de India. Trabaja sobre cuestiones indígenas en el noreste de la India, con énfasis en las relaciones interétnicas, los conflictos por la tierra, la migración y la educación indígena.

Foto de portada: Las mujeres indígenas de la India impulsan el cambio social. Foto: North Eastern Institute of Language and Culture

Etiquetas: Debates Indígenas

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