• Pueblos indígenas en Venezuela

    Pueblos indígenas en Venezuela

    El 2.8% de los habitantes de Venezuela se identifican como indígenas. Venezuela ha adoptado la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y ha ratificado el Convenio 169 de la OIT.

Venezuela: Política minera del gobierno y derechos indígenas

Declaración de los pueblos y comunidades indígenas de la Amazonía venezolana

Nosotros, pueblos y comunidades indígenas de la Amazonía venezolana, agrupados en la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de Amazonas (COIAM), representados por la Organización Indígena Piaroa Unidos del Sipapo (OIPUS), la Organización Ye´kuana del Alto Ventuari (KUYUNU), la Organización Yanomami (HORONAMI), la Organización Mujeres Indígenas de Amazonas (OMIDA), la Asociación de Maestros Piaroa (Madoya Huarijja), la Organización Piaroa del Cataniapo “Reyö Aje”, la Organización Indígena de Río Negro (UCIABYRN), la Organización Yabarana del Parucito (OIYAPAM), la Organización Piaroa de Manapiare, la Organización Ye´kuana del Alto Orinoco (KUYUJANI Originario), y el Movimiento Político Pueblo Unido Multiétnico de Amazonas (PUAMA), invocando nuestros derechos constitucionales (Art. 119 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y Art. 7 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas), reunidos en Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, para revisar y analizar los diferentes aspectos de la política minera del Gobierno venezolano y los planes estatales que afectan nuestros derechos, hemos realizado las siguientes consideraciones a modo de pronunciamiento:

1.- Nuevamente reconocemos los esfuerzos realizados por algunas instituciones del Gobierno Nacional y el Estado venezolano para el reconocimiento y la promoción de los derechos específicos de los pueblos indígenas de Venezuela. Particularmente reconocemos la posición a favor de los derechos indígenas manifestada por el propio Presidente de la República y de los derechos ambientales expresada en el segundo Plan Socialista de la Nación 2013-2019 que hace referencia a “desmontar y luchar contra los esquemas internacionales que promuevan la mercantilización de la naturaleza, de los servicios ambientales y de los ecosistemas” (5.2.2).

2.- Expresamos nuestra profunda preocupación por los diferentes planes y proyectos de supuesto desarrollo minero que se han anunciado desde el Gobierno Nacional y que han aparecido publicados en diferentes medios de comunicación públicos y privados, referidos fundamentalmente a la implementación del llamado ARCO MINERO DEL ORINOCO (2011) y al Acuerdo con la Empresa Trasnacional China “Citic Group” (2012).

3.- Rechazamos la intención de implementar de manera inconsulta el denominado Arco Minero del Orinoco, como principal política que tiene por finalidad promover la exploración y explotación de los diferentes minerales existentes en la región Guayana, afectando nuestros territorios e integridad sociocultural. Esta política desarrollista y extractivista tiene marcados matices capitalistas y es contraria a nuestra concepción sobre la vida y la madre naturaleza como bien primordial para el sustento colectivo.

4.- Cuestionamos con particular intención el Acuerdo Bilateral entre el Gobierno Venezolano y la empresa trasnacional china “CITIC Group” destinado a realizar la exploración minera en diferentes lugares de la geografía nacional para el levantamiento de una MAPA MINERO y la prospección de diferentes minerales en el Estado Amazonas (Campamentos Chinos en Ocamo, territorio Yanomami, Cacurí territorio Ye´kuana, Solano territorio Arawako, Santa Bárbara territorio multiétnico y Puerto Ayacucho territorio multiétnico) en amplios espacios indígenas que puede comprometer la vida colectiva futura, por la implementación de proyectos que afecten el territorio. Nos preocupa con particular cuidado el hecho de que se pretendan imponer estos proyectos, aún cuando el Gobierno nacional no ha realizado con efectividad la DEMARCACIÓN DE NUESTROS HÁBITAT y TIERRAS ordenada por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 119.

5.- Consideramos que la implementación de estos proyectos sin la debida CONSULTA PREVIA e INFORMADA violenta lo dispuesto en el artículo 120 de la Constitución de la República y las disposiciones de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas que hacen referencia al procedimiento para la consulta previa, informada y de buena fe, así como de tratados internacionales de protección de los derechos indígenas como el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo suscrito y ratificado por la República, así como otras normas.

6.- Solicitamos al Gobierno Nacional la REVISIÓN urgente de estos proyectos y la no implementación de los mismos en territorios y comunidades indígenas debido a los posibles impactos destructivos ambientales y socioculturales. La vida y sobrevivencia física y cultural de los pueblos indígenas de las futuras generaciones depende de la protección integral de su hábitat y tierras. Particularmente pedimos que los órganos competentes del Estado respeten el Decreto Presidencial N° 269 que prohíbe toda actividad minera en el Estado Amazonas, y los decretos que crean la Reserva de Biósfera del Alto Orinoco y diferentes parques nacionales, como expresión de una política pública responsable de protección ambiental de la Amazonía venezolana.

7.- Proponemos al Gobierno Nacional y a los demás órganos del Estado venezolano que desde una revisión profunda de su política indígena promueva la implementación de proyectos sostenibles en territorios y comunidades indígenas del sur del país, que respeten y garanticen sus formas de vida, y la integridad ambiental amazónica en sintonía con la protección global del planeta. Organización Indígena Piaroa Unidos del Sipapo (OIPUS) Organización Ye´kuana del Alto Ventuari (KUYUNU) Organización Yanomami (HORONAMI) Organización Mujeres Indígenas de Amazonas (OMIDA) Asociación de Maestros Piaroa (Madoya Huarijja) Organización Yekuana del Alto Orinoco (KUYUJANI Originario) Organización Piaroa del Cataniapo “Reyö Aje” Organización Indígena de Río Negro (UCIABYRN) Organización Piaroa de Manapiare, Movimiento Político Pueblo Unido Multiétnico de Amazonas (PUAMA) José Gregorio Díaz Mirabal Vice-Coordinador CONIVE Guillermo Guevara (Constituyente Indígena 1999)

Etiquetas: Derechos Territoriales

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